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Alcohol cero empezará a regir después de la época más movida

El Poder Ejecutivo promulgó normativa que entrará en vigor dentro de 10 días
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29 de diciembre de 2015 a las 05:00
El Poder Ejecutivo promulgó ayer la ley de tolerancia cero del alcohol en el tránsito, por la que ningún conductor podrá superar los 0,0 gramos de alcohol por litro de sangre cuando se le realice una espirometría. Tras la firma del presidente Tabaré Vázquez, y la publicación hoy martes en el diario oficial, deberán pasar 10 días para que la nueva ley empiece a regir.

Aunque había interés en que la nueva norma entrara en vigor antes de las fiestas de fin de año, donde el consumo de alcohol se da con mayor frecuencia, el texto comenzará a regir después de la primera semana de enero. De esta forma su instrumentación ocurrirá después de la época del año con mayor movimiento en rutas y en la que también se incrementan los controles, sobre todo en los balnearios del este.

"Todo conductor estará inhabilitado para conducir vehículos de cualquier tipo o categoría que se desplacen en la vía pública, cuando la concentración en sangre o su equivalente en términos de espirometría sea superior a 0,0 gramos por litro", dice el texto. "Todo conductor estará inhabilitado para conducir vehículos de cualquier tipo o categoría que se desplacen en la vía pública, cuando la concentración en sangre o su equivalente en términos de espirometría sea superior a 0,0 gramos por litro", dice el texto.

La nueva norma, aprobada por la Cámara de Representantes el pasado 21 de diciembre, sustituye así el artículo 45 de la ley 18.191 de 2007, por la que el Poder Ejecutivo iría bajando progresivamente la concentración de alcohol permitida para manejar desde 0,8 gramos, luego a 0,5 y por último a 0,3 gramos por litro de sangre.

Hasta ahora incurrían en infracción solo por presentar alcohol en sangre los conductores de vehículos que transportaran pasajeros, escolares, taxis, remises o ambulancias, o vehículos destinados a transporte de carga. Con esta ley, el límite se lleva a cero para todos los conductores.

Aunque en principio ayer Unasev y Presidencia informaron que la ley regiría de forma inmediata, luego corrigieron que se deberán esperar los 10 días reglamentarios desde su promulgación.

El abogado Martín Risso explicó a El Observador el plazo para la entrada en vigor de una normativa. "Hay una cosa que es el momento en que un proyecto de ley se transforma en ley. Eso ocurre en el momento de la promulgación del proyecto por parte del Poder Ejecutivo. Ese el momento en que firma el presidente, los ministros y se le da número a la ley. Después está el tema de cuándo la ley entra en vigor", dijo. "Para que la ley entre en vigor hay que darle oportunidad a la población de que la conozca. No podría entrar en vigor una ley que la gente ignora qué es. Ahí viene la presunción, que está en el artículo primero del Código Civil, donde se presume que la gente conoce la ley, y por lo tanto empieza a ser obligatoria, diez días después de su publicación en el Diario Oficial. Aunque muy poca gente lee el Diario Oficial es una cosa razonable porque al menos se da una oportunidad de que la gente se entere", agregó.

El propósito de esta ley, impulsada desde el Poder Ejecutivo, es minimizar la cantidad de muertes y lesionados en siniestros de tránsito.

Sin embargo, durante su discusión parlamentaria hubo debate sobre su rigidez en el entendido que una persona puede ser sancionada por haber tomado un medicamento o un alimento que contenga una mínima cantidad de alcohol.

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