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Avanza ley que obliga a privados a contratar discapacitados, pero el Estado no cumple

Diputados aprobó por unanimidad la norma, que ahora pasa al Senado
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19 de octubre de 2016 a las 12:40

De manera unánime, la Cámara de Representantes aprobó este martes el proyecto de ley que habilita a la inserción laboral de personas con discapacidad el ámbito privado.

El proyecto, que fue impulsado el año pasado por el exdiputado frentemplista, Óscar Andrade, apunta a que las empresas privadas y personas públicas no estatales con más de 25 trabajadores en planilla deberán emplear a personas con discapacidad de manera que sean al menos el 4% de la totalidad de sus trabajadores.

El proyecto ahora pasará al análisis del Senado.

Pese a la unanimidad, el proyecto recibió críticas por parte de la oposición que entiende que el proyecto es un intento de trasladar a terceros la responsabilidad que tiene el Estado de contratar a personas con discapacidad.

En el ámbito público ya rige la obligatoriedad de que al menos un 4% de las vacantes sean cubiertas por personas con discapacidad. Sin embargo, la oposición argumenta que esto no se cumple.

Durante la sesión de la cámara, el diputado nacionalista Pablo Abdala dijo que en 2015 ingresaron 22 personas con discapacidad a la administración pública, lo que representa un 0,33% de las vacantes.

En ese sentido, el diputado Rodrigo Goñi caracterizó al proyecto de "hipócrita" e "inadecuado" dado que se trata de un intento de "eludir la responsabilidad que tiene el Estado de cumplir con sus deberes y pretende traspasar a terceros".

En tanto, el ministro de Trabajo, Ernesto Murro, dijo al diario El País que su cartera apoya este proyecto pero que "seguramente tendrá algún ajuste en el Senado". Según El País, el ministro manifestó su disconformidad a la bancada frenteamplista por no haber sido consultado sobre este proyecto.


Los principales puntos de la ley

  • Las empresas privadas y personas públicas no estatales que con más de 25 empleados, deberán contratar a personas con discapacidad debidamente certificadas por los organismos del Estado, de modo que sean al menos el 4% de la totalidad de sus trabajadores.

  • Las personas discapacitadas podrán solicitar apoyo para el cumplimiento de sus obligaciones laborales y la empresa deberá autorizarlo.

  • Las empresas deberán generar las condiciones adecuadas en los puestos de trabajo de acuerdo con las normas vigentes en materia de accesibilidad para personas con discapacidad.

  • La personas empleada no podrá ser despedida salvo notoria mala conducta, causa grave superviniente o incompatibilidad del grado de discapacidad con el cargo o tareas que realiza y siempre que no existan otras tareas compatibles.

  • Trabajadores con discapacidad tendrán derecho a solicitar licencia extraordinaria sin goce de sueldo por un periodo máximo de tres meses, adicional al correspondiente anual, siempre que el motivo sea por causal de su discapacidad.

  • Todo trabajador que adopte un hijo o hija con discapacidad tendrá derecho a solicitar hasta un total de 10 días anuales para controles médicos de sus hijos sin que se realicen descuentos salariales.

  • Se crea la licencia especial para padres de hijos con discapacidad o enfermedad terminal, de hasta 96 horas de trabajo cada doce meses de las cuales 65 horas deberán ser pagas.

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