Justicia suspendió explotación minera cerca de Salus para salvaguardar el agua

"La existencia de todos los seres vivos tiene una dependencia directa con el agua", señala la sentencia
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24 de junio de 2017 a las 16:17
El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 7º turno revocó una sentencia de la justicia en lo Contencioso Administrativo en la cual se autorizaba a una empresa minera a realizar actividades de explotación en un predio lindero al de Salus, según indicó un comunicado publicado en la web del Poder Judicial.

La empresa Salus había promovido una demanda contra la Dirección Nacional de Minería y Geología, en contra de las resoluciones que autorizaban a la empresa minera a realizar estas actividades en ese terreno. Además, declaró que la explotación le impediría a futuro "extraer agua 100 % natural, como lo ha verificado hasta el presente”.

El tribunal hizo lugar al reclamo y suspendió la explotación hasta que falle el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que está interviniendo en el tema(*).

En su sentencia, el tribunal argumentó que “el agua es considerada un recurso indispensable para la vida, no sólo del ser humano sobre la Tierra, sino también para la vida vegetal y animal".

Salus declaró que la explotación le impediría a futuro "extraer agua 100 % natural, como lo ha verificado hasta el presente”.

"La existencia de todos los seres vivos tiene una dependencia directa con el agua. Es conocida la importancia de este líquido vital y su escasez, lo cual ha llevado a preconizar su consumo responsable y la evitación de conductas que puedan significar su derroche o su polución”, afirmó le sentencia.

A su vez, agregó que el ambiente “se ha transformado en un recurso crítico: si antes parecía infinito, inagotable, ahora hay conciencia de que es escaso.(...) El medio ambiente no interesa a un solo individuo, sino a un grupo de ellos. Se trata de un problema de acción colectiva y no individual (...),no sólo interesa a un grupo de individuos actual, sino futuro. No se puede comprometer el interés de las generaciones futuras, lo que lleva a una acción colectiva intergeneracional”, concluyó la sentencia.



(*) Esta nota fue modificada para corregir un error que se cometió. La Justicia no prohibió definitivamente la explotación minera en el predio, sino que la suspendió hasta que se expida sobre el caso el TCA

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