Nacional > vecinos

Centros de mediación resuelven casi la totalidad de las disputas

Se evita la intervención de jueces en peleas generalmente cotidianas
Tiempo de lectura: -'
09 de agosto de 2015 a las 05:00
Disputas de familia, convivencia barrial, ruidos molestos, mascotas, barrido de veredas, entre otros, son de los problemas más comunes que se dirimen en los centros de mediación del Poder Judicial.

Esta modalidad comenzó a funcionar en marzo de 1996 con el fin de dirimir conflictos sin la presencia de un juez, a través de una mediación para llegar a un acuerdo entre las partes. Hay cinco centros en Montevideo y ocho en el interior del país, y desde el momento de su creación han aumentado los casos de disputas resueltas por esta vía. Las mediaciones son gratuitas y la asistencia letrada no es obligatoria.

Los últimos datos que se publicaron referidos a la cantidad de consultas en los centros de mediación son del año 2013. De un total de 7.412 consultas, 77% se transformaron en solicitudes de mediación y el restante 23% se derivó a otras instituciones para resolverse con una alternativa. En ocasiones, los encuentros no se concretan porque una de las partes no está de acuerdo y no concurre a la audiencia. De 3.679 mediaciones efectivamente realizadas en 2013, 98,5% termino con acuerdo. La idea del centro es brindarle soluciones rápidas a quienes acuden, ya sea con una mediación o la recomendación para que concurran a un juez, un centro comunal, o un organismo especializado. Todo depende del tema del que se trate.

Los mediadores a cargo son técnicos capacitados de diversas profesiones: abogados, escribanos, psicólogos, maestros, politólogos, entre otros. Se los prepara especialmente para tratar estas situaciones. Deben actuar de forma imparcial y contribuir a favorecer la comunicación y el diálogo entre las partes, con el objetivo de resolver el conflicto con una solución que beneficie a ambas partes.

Pedir disculpas

Por otra parte, el 15 de agosto se cumplirá un año de la creación del Centro de Mediación Penal de Adolescentes. Según el artículo 83 del Código de la Niñez y la Adolescencia, en el capítulo que contiene las medidas socioeducativas no privativas de libertad se establece la obligación de reparar el daño. El juez, con previo consentimiento de las partes, puede frenar el proceso y llevarlo a mediación si entiende que puede ser un caso solucionable de esa manera y así evitar la vía judicial. “El juez tipifica el delito y ahí se inicia un proceso de mediación”, explicó la directora de los centros de mediación, Laura Lange, en entrevista con El Observador TV.

De parte del mediador no se establecen sanciones, sino que las dos partes acuerdan la forma en que el daño se puede compensar. “Los únicos casos que no pueden ser solucionados con la mediación son las rapiñas, donde es necesaria la privación de libertad”, comentó Lange. Es un mecanismo utilizado en casos de agresión entre adolescentes o con adultos, por ejemplo. En ese caso, los menores deben concurrir a la audiencia acompañados de un mayor.

Riñas en los liceos

Entre agosto de 2014 y febrero de este año, ocho mediaciones se realizaron en el Centro de Mediación Penal Adolescente y en todas se llegó a un acuerdo. La mayoría eran problemas entre los propios adolescentes, como enfrentamientos a la salida de los liceos, entre otros. La importancia de la participación de la víctima en el proceso es un aspecto destacado por la directora del centro porque se entiende que la persona afectada en la mayoría de los casos necesita una disculpa.

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...