Daniel Cambón, exasesor presidencial, fue procesado en 1996.

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Debate serio en vez de pueblada

La modificación o eliminación del delito de abuso de funciones debe surgir de un debate serio entre todos los actores políticos involucrados
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08 de abril de 2017 a las 10:13
La imperfección de la redacción actual del delito de abuso de funciones justifica eliminarlo en su forma actual, reemplazándolo en todo caso con un texto más preciso sobre las responsabilidades penales de los funcionarios públicos. Pero el cambio debe ser producto de un equilibrado acuerdo entre los poderes del Estado y el sistema político, como parte de un ordenamiento legal más eficiente. Es improcedente, en cambio, la promoción con nombre y apellido para darlo de baja, atendiendo intereses partidarios del momento, como se denuncia desde la oposición sobre la propuesta oficialista de sacarlo ya del Código Penal. Después de haberlo rechazado hace una década, el Frente Amplio promueve ahora la eliminación de este delito, un comodín legal que abarca todo, es frecuentemente injusto y ha castigado a lo largo de los años a dirigentes de los tres partidos mayores.

El senador frenteamplista Rafael Michelini ha revivido un proyecto que presentó infructuosamente el expresidente Julio María Sanguinetti, cuando era senador en 2007, para corregir esta incongruencia del Código Penal. Pero desde el Partido Colorado se rechaza la iniciativa, argumentando que se reactiva ahora para evitar que el abuso de funciones sea eventualmente utilizado para condenar a quienes condujeron a ANCAP al desbarranque financiero, actualmente bajo investigación judicial y que incluyen al vicepresidente Raúl Sendic. La eliminación de este delito podría también beneficiar al exministro de Economía, Fernando Lorenzo, y al expresidente del Banco Central, Fernando Calloia, procesados por los enredos en el caso Pluna que generó José Mujica cuando era presidente.

El abuso de funciones yacía más o menos olvidado hasta que se lo desempolvó en la década de 1990 contra el entonces ministro de Economía, Enrique Braga, en una acción de notoria injusticia que lo llevó a la cárcel. Desde entonces por lo menos 15 jerarcas frenteamplistas, blancos y colorados han sido penalizados por claudicaciones de diferente tipo. Lo que no puede volver a hacerse es aprovechar la vaguedad generalizada de su redacción para echarle mano según soplen los vientos partidarios, a veces para denunciar delitos reales pero otras para evitar desprestigio o buscar algún rédito político desacreditando a un adversario. El riesgo del uso improcedente está presente en la difusa generalización del texto penal, que castiga con prisión y grandes multas a todo funcionario público que "cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o particulares".

Esta redacción imprecisa deja a criterio de un juez decidir cuándo un funcionario, de cualquier jerarquía, haya cometido algún tipo de infracción, desde un fraude de envergadura hasta un insignificante error de gestión. Además abre notoriamente el camino a recurrir al anacrónico artículo 162 del Código Penal con fines políticos que nada tienen que ver con la administración de justicia, como ha ocurrido en algunos casos en el pasado reciente. Es oportuno que el tema vuelva a la discusión pública en el Parlamento. Pero la eliminación de ese artículo o su mejoramiento a través de una redacción más precisa debe ser objeto de un debate serio entre todos los actores involucrados y no una pueblada al grito de alguna mayoría de votos para atender urgencias o conveniencias partidarias del momento.

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