El proceso judicial iniciado tras la denuncia presentada por la presidenta del Sirpa, Gabirela Fulco, contra varios funcionarios del Ceprili por irregularidades en la represión de incidentes ha tomado un nuevo rumbo este jueves, cuando la fiscal Adriana Umpiérrez pidió el procesamiento con prisión de 26 funcionarios del INAU. Entre ellos se encuentra el vicepresidente del PIT-CNT y presidente de COFE y Suinau, José Lorenzo López.
Las penas por el delito de tortura van desde los 20 meses de prisión a ocho años de penitenciaria, según marca el artículo 22 de Ley 18.026.
La figura por la que se pide los procesamientos, algunos en 16 casos en calidad de autor y en otros 10 casos como coautores o cómplices, es la de tortura, establecido por el artículo 22 de la ley 18.026 sancionada en 2006.
Según el texto de la ley, se podrá aplicar la figura de tortura a la persona que siendo agente del Estado o no, pero contando con la autorización o apoyo de un agente del Estado imponga cualquier forma de tortura a una persona privada de libertad o bajo custodia, o que, por el contrario, comparezca ante las autoridades como testigo o perito.
Las penas para aquellos que sean encontrados culpables del delito de tortura van desde los 20 meses de prisión a ocho años de penitenciaria; por lo que se trata de un delito que eventualmente puede ser excarcelable.
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