La ley que creó las pensiones a víctimas de delitos fijó una retroactividad de 10 años, hasta enero de 2003

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Destinan US$ 77.000 por mes a pensiones a víctimas de delitos

Compensación. Desde enero de 2013, el BPS concedió el beneficio en 117 casos
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02 de mayo de 2016 a las 05:00
El Banco de Previsión Social (BPS) paga 117 pensiones a familiares de víctimas de delitos graves en función de una ley que entró en vigencia hace poco más de tres años. En total, se destinan US$ 77 mil por mes al pago de esta prestación.

La ley 19.039, que regula el mecanismo de pensiones para víctimas de delitos, fue aprobada en diciembre de 2012 y comenzó a aplicarse en enero de 2013. Desde entonces, el BPS lleva otorgadas 117 compensaciones según datos actualizados al mes de marzo, cifra que arroja un promedio de tres por mes.

El presidente del BPS, Heber Galli, dijo a El Observador que la "aparentemente baja" cantidad de pensiones a víctimas de delitos puede obedecer a la "amplitud de programas de protección social" que existen en Uruguay, "más allá de que sean o no por el origen de estas situaciones".

Según Galli, "inicialmente" el sistema presentó "alguna complejidad" en cuanto a sus aspectos operativos, pero asegura que ahora esas dificultades se solucionaron en base a tareas de coordinación entre el BPS, el Ministerio del Interior y el Poder Judicial, por lo que el mecanismo funciona "adecuadamente".

De acuerdo con lo que prevé la ley, las pensiones a familiares de víctimas de delitos se pagan mensualmente y su valor es de seis bases de prestaciones y contribuciones (BPC, cuyo monto de 2016 es de $ 3.340), por lo que la suma ronda los $ 20 mil. Considerando que la prestación se paga en 117 casos, eso implica que por mes se destinan $ 2.344.680 (unos US$ 77 mil).

Muy limitada

Mónica Haskowec, tesorera de la Asociación de Familiares y Víctimas de la Delincuencia (Asfavide), afirmó que la posibilidad de tramitar la pensión es "muy limitada", dado que la ley regula exactamente las situaciones en las que corresponde la compensación de parte del BPS.

Haskowec, viuda de Alejandro Novo –un repartidor de pollos asesinado en una rapiña ocurrida en enero de 2009, caso que todavía sigue impune– dijo a El Observador que la Asfavide ha recibido quejas de personas que reclamaron la pensión y que el BPS no se las concedió debido a que sus casos no están comprendidos en el beneficio.

La mujer, si bien afirmó que en términos generales no han existido grandes dificultades con la instrumentación del sistema, señaló que todavía hace falta instruir mejor a los funcionarios del BPS encargados de recibir a los interesados en tramitar la compensación. "Tendrían que asesorar mejor, sin dar tantas vueltas", sostuvo.

Una pensión o la otra

La ley aprobada en diciembre de 2012, que creó el sistema de pensiones para familiares de víctimas de delitos, fue impulsada en el gobierno pasado por el entonces diputado colorado y actual director del Banco de Seguros de Estado, Fitzgerald Cantero.

Según lo que establece la ley, la pensión corresponde en casos de homicidio en ocasión de una rapiña, copamiento, secuestro o cundo la víctima haya resultado "incapacitada en forma absoluta para todo trabajo".

En cuanto al caso concreto de los familiares, el beneficio puede ser concedido al cónyuge de la víctima, a los hijos menores de edad o a los hijos mayores que "estén absolutamente incapacitados para todo trabajo".

"Los viudos o concubinos beneficiarios deberán acreditar, conforme a la reglamentación que se dicte, la dependencia económica del causante o la carencia de ingresos suficientes", especifica el artículo 6º de la ley.

Por otra parte, la norma prevé que en el caso de "los viudos o concubinos" que tengan 45 años al momento de la muerte de la víctima de homicidio o que cumplan esa edad cuando ya comenzaron a cobrar compensación, "la misma se servirá durante toda su vida". La ley también señala que la pensión no genera haberes sucesorios tras las muerte del beneficiario.

"En el BPS tendrían que asesorar mejor, sin dar tantas vueltas". Mónica Haskowec - Familiares de Víctimas de Delitos

Pero la pensión a las víctimas de delitos violentos no es acumulable con otras prestaciones, jubilaciones o retiro. En ese caso, el beneficiario "podrá optar por la que le resulte más favorable", establece el artículo 16 de la ley 19.039.

La pensión puede pedirse por hechos ocurridos "dentro de los diez años anteriores" a la entrada en vigencia de la ley, es decir, enero de 2003, siempre que la tramitación por esos casos se haya realizado hasta junio de 2013.

Asimismo, la norma estableció un aporte económico al Centro de Atención a las Víctimas de la Violencia del Ministerio del Interior, que pasó a recibir el 10% de los ingresos salariales de las personas privadas de libertad que desarrollan actividades laborales estando en prisión o que trabajan fuera de la prisión a través de salidas transitorias.

Madre de víctima da charlas en una cárcel

Graciela Barrera es la presidenta de la Asociación de Familiares y Víctimas de la Delincuencia. Su hijo, Alejandro Novo, fue asesinado en 2009 en una rapiña. Tenía 30 años y una hija de apenas 2 años. Barrera tomó la decisión de contarle a los reclusos el dolor que sienten los familiares de las víctimas, y por eso todos los jueves concurre a la cárcel de Punta Rieles para charlar con los internos. "Soy Graciela Barrera, la mamá de una víctima de la violencia", se presentó la mujer en la visita que realizó el jueves 14 de abril.

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