"Acá no hay orden de la dirección del sindicato de que se atraviese un camión para cortar la ruta. Dudo que los compañeros (de Montes del Plata) tengan un camión en la mitad de la ruta trancado. De cualquier manera están haciendo ejercicio de la libertad sindical que está marcada en el artículo 57 de la Constitución", dijo Bernal.
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El decreto del Ejecutivo excluye de su aplicación, en el artículo 4, lo previsto en el artículo 57 de la Constitución. Dicha norma establece que "la ley promoverá la organización de sindicatos gremiales, acordándoles franquicias y dictando normas para reconocerles personería jurídica" y declara a la huelga como "un derecho gremial".
De este modo, el gobierno distingue entre las movilizaciones convocados por agrupaciones organizadas y con personería jurídica y quienes hacen una manifestación sin hacer una comunicación previa sobre las medidas que se van a adoptar, sin una plataforma en la que se diga de antemano las reivindicaciones y en las que no hay una organización que permita establecer algún tipo de orden.
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