Nacional > El jurado y los juicios

El crimen que enterró a la justicia ciudadana

En 1937, la absolución de un estanciero en el conocido caso de La Ternera puso punto final a que 12 personas ajenas al derecho condenen o no a un imputado
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22 de septiembre de 2017 a las 05:00
A Jacinta Correa de Saravia la mataron el 28 de abril de 1929. Su esposo, José Saravia, la encontró en el patio de su estancia, La Ternera, junto a dos peones con los que estaba trabajando en el campo. La Policía indicó que la habían arrastrado desde el comedor a un galpón donde fue estrangulada. El robo como móvil se descartó casi de inmediato porque en la casa todo estaba intacto.

Al crimen le siguieron una serie de interrogatorios, con una declaración clave: Martina Silva, mucama de la familia Saravia, confesó que el esposo de Jacinta Correa había contratado a dos sicarios para asesinarla porque se quería divorciar. La Policía interrogó a los dos presuntos sicarios que confesaron el homicidio y culparon a José Saravia de haberles ofrecido dinero. También involucraron a un tío de Saravia como quien iba a concretar el pago. Saravia lo negó rotundamente.

Finalmente, el juez de la causa procesó con prisión a los dos sicarios, al estanciero y a su tío.

Su procesamiento no puso punto final a la cuestión, sino todo lo contrario. Páginas y páginas de diarios de la época relataron durante días lo sucedido y la opinión pública condenó a Saravia por el homicidio de su esposa.

En su condena había un trasfondo político. Saravia era hermano del caudillo blanco Aparicio Saravia, habían pasado poco más de dos décadas desde la revolución de 1904 y don José Saravia era colorado.


Dos años después, el abogado de Saravia pidió su excarcelación pero la Justicia se la negó. Pero el proceso siguió y en agosto de 1937, llegó a un tribunal de apelaciones. Fue en ese tribunal que los encargados de determinar si el estanciero colorado era o no culpable del crimen de su esposa fueron ocho miembros de un jurado que habían sido sorteados de un listado que tenía la Suprema Corte de Justicia, a los que se sumaban los tres miembros del tribunal.

El veredicto del jurado fue, como debe ser, unánime: encontraron que Saravia era inocente y debía ser absuelto. Ninguno de los ministros del tribunal estuvo de acuerdo con ese dictamen. Según los ciudadanos elegidos para juzgar ese caso, no había pruebas suficientes que probaran que el estanciero había pagado a alguien para que matara a su esposa, sino que se trataban de presunciones.

El tío de Saravia y los dos posibles sicarios continuaron en prisión y el estanciero murió a los pocos años.

El caso quedó marcado en la historia policial uruguaya como "el crimen de La Ternera", pero fue más que eso. Porque la libertad de Saravia provocó indignación en los uruguayos de aquel tiempo y terminó, finalmente, por enterrar a los juicios por jurado. En 1938 una ley derogó ese sistema.
Ochenta años después, quienes quieren reflotar el debate sobre si es necesario que Uruguay tenga un sistema de juicios por jurado, no pueden evitar recordar el crimen de La Ternera.

"En Uruguay hubo 70 años de jurado, tiene una tradición que ya olvidó y que algunos desconocen. Algunos conocen más el juicio de La Ternera que los juicios por jurados. Nunca quedó claro qué fue lo que sucedió, pero como había un estanciero muy poderoso, quedó en el imaginario popular que había habido una suerte de compra del jurado", dijo a El Observador el fiscal especializado en Crimen Organizado Carlos Negro.

Ese famoso homicidio también fue mencionado por el fiscal de Corte, Jorge Díaz, como el punto final de los jurados en el país. "Ahí el tema se enterró porque se probó la existencia de un jurado penal que en definitiva falló no por convicción sino porque lo compraron. Y se enterró en todos los sentidos: en el sentido legal y de debate, incluso académico", dijo.

La ley que lo abolió fue votada en enero de 1938.

En 1879, bajo la dictadura de Lorenzo Latorre, se instauró en Uruguay el sistema de jurado para juicios en "casos criminales" a partir de un nuevo código denominado "de instrucción criminal".

Según uno de sus artículos, cada dos años las llamadas juntas económicas administrativas eran las encargadas de designar un listado de personas que debían ser ciudadanos con "honorabilidad y aptitudes", que en cada juicio se sorteaban. Para los casos de apelaciones (segunda instancia) había ocho ciudadanos y los tres integrantes del tribunal correspondiente.

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