Economía y Empresas > NUEVAS REGLAS

Estos son los requisitos para la cartelería de publicidad en la vía pública

Tiene como objetivo eliminar la contaminación visual en Montevideo
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13 de julio de 2017 a las 11:37


Con el objetivo de que la publicidad exterior sea "sana y limpia", integrada a la ciudad, que no interfiera con el tránsito y no contamine visualmente, la Intendencia de Montevideo (IMM) y la Asociación Uruguaya de Publicidad Exterior (Aupema) presentaron la nueva normativa para la cartelería.

La norma, que ya entró en vigencia, fija las pautas del uso de publicidad en espacios públicos.

"Todos sabemos lo importante que es tener una publicidad conectada con la ciudad. Se trató de agilizar un proceso que llevaba a burocratizaciones que muchas veces iban en contra de la propia cartelería", dijo el intendente de Montevideo, Daniel Martínez.

Una diferencia clave entre la nueva normativa y la "reglamentación madre" de 2009 -ley 33.071 y sus posteriores modificaciones- es que la más reciente cuenta con un régimen de excepción. Mientras que la anterior era retroactiva -es decir, invalidaba toda cartelería existente, que debía ser bajada-, la actual acepta a todos aquellos carteles de vía pública instalados previo al 31 de julio de 2016.

Si bien anteriormente había inspección de los lugares donde se ubicaba la cartelería, la delimitación de zonas para colocarla generaba exceso de publicidad en algunos lugares, y disminución del valor de ese cartel en otros.

Nuevas reglas

La normativa establece que a un radio de 80 metros hacia el frente de un cartel, no podrá haber ningún otro, siendo tres la cantidad de carteles admitidos para cada una de las aceras de la cuadra.

Entre los formatos de cartelería de vía pública, existen aquellos de medianos y grandes formatos, colocados arriba de los edificios (coronamientos) y en sus laterales (murales).

La nueva reglamentación exige que para los coronamientos colocados sobre aquellos edificios de entre seis y nueve metros de altura, el cartel deberá ser de hasta 18 metros cuadrados. Para aquellos de más de 9 metros de altura serán de entre 18 y 48 metros cuadrados.

En tanto, para los murales colocados en edificios de entre 5 y 16 metros de altura, la publicidad podrá medir hasta 28 metros cuadrados.

Otro estilo de publicidad de vía pública son las pantallas led. Estas, según la reglamentación, no podrán tener un cartel a menos de 25 metros y otra pantalla deberá estar a 150 metros o más de distancia. Igualmente, el arquitecto Sergio Turnes (quien presentó los aspectos técnicos de la reglamentación), dijo que más allá de cumplir con los requisitos, cada caso deberá ser presentado ante la intendencia y ser aprobado por esta, ya que se debe tomar en cuenta la posible interferencia con el tránsito.

"Se llegó a un buen puerto que medianamente contempla las expectativas de las partes involucradas. Hoy tenemos un marco seguro donde podemos operar tanto las empresas como los anunciantes de manera transparente para desarrollar una industria de trabajo y refugio", dijo Turnes.

En la rambla, los carteles publicitarios estarán habilitados solo entre las calles Gallinal y Solano López (Comercio), solo el formato de letras corpóreas.

En tanto, en 18 de Julio solo se podrá colocar este tipo de publicidad entre las calles Barrios Amorín y bulevar Artigas.




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