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Fallo sobre publicidad electoral abarca a todos los partidos

Sentencia a favor del Partido Independiente hace caer el artículo 143
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13 de abril de 2016 a las 05:00

Tras ser declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, el artículo 143 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA, conocida como ley de medios) que estableció un sistema de distribución de publicidad electoral en base a los votos obtenidos por cada partido en la elección anterior, no se aplicará a ninguna colectividad política, más allá de que el recurso fue promovido solamente por el Partido Independiente (PI).

El artículo 143 de la ley reguló un mecanismo de distribución de publicidad electoral gratuita. Según la norma, el 20% se repartirá en "partes iguales" entre los partidos que participen de la elección y el 80% se dividirá "en proporción directa a lo votos obtenidos por cada lema en las elecciones nacionales inmediatamente anteriores". El PI alegó que ese sistema perjudica a los sectores políticos minoritarios.

"La vida de este artículo está liquidada", expresó ayer a El Observador el abogado constitucionalista Martín Risso, que redactó el recurso presentado por el PI. Es que, si bien los fallos de inconstitucionalidad se aplican a cada caso concreto, en el reclamo se incluyó como parte a los demás partidos con representación parlamentaria (Frente Amplio, Partido Nacional, Partido Colorado y Asamblea Popular) y eso hace que también queden abarcados por la sentencia. "Este artículo no se va a aplicar a nadie", dijo Risso.

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La resolución de la SCJ fue emitido por mayoría de tres votos contra dos, informó ayer el diario El País. Los ministros María Elena Martínez, Jorge Chediak y Jorge Larrieux se pronunciaron por la inconstitucionalidad de la norma, en tanto que sus colegas Ricardo Pérez Manrique y Felipe Hounie entendieron que la disposición no viola ningún aspecto de la Carta Magna.

"Me sorprendió que el fallo fuera dividido. Yo esperaba que se emitiera por unanimidad", dijo Risso. Por su parte, el senador y presidente del PI, Pablo Mieres, escribió en su cuenta de Twitter que la resolución es "histórica" porque "reivindica la libertad de expresión de las minorías".

Es la segunda sentencia emitida por la SCJ en una semana contra la ley de SCA. Antes, en el marco de una acción presentada por la empresa Directv, el máximo órgano judicial falló contra un artículo completo y literales de otros tres.

Los argumentos

Para la mayoría de la SCJ, el artículo 143 de la ley de medios "viola el principio de igualdad, al disponer un tratamiento discriminatorio entre los miembros de un mismo grupo (partidos políticos), cuyo resultado es la vulneración de la norma contenida en el artículo 77 numeral 11 de la Constitución".

Además, según el fallo, la disposición afecta "una de las bases del sistema democrático, esto es, la libertad de expresión de pensamiento de los partidos políticos". "El elector debe contar con la posibilidad real de acceder a las propuestas de todos los partidos, de manera tan equilibrada como sea posible, evitando la generación artificial de desigualdades que se fundan en resultados electorales del pasado que probablemente afecten a los resultados electorales futuros", dice la sentencia.

Según la posición de la mayoría de la SCJ (compuesta por los magistrados Martínez, Chediak y Larrieux) "no se advierte ninguna justificación razonable para beneficiar a quienes más votos obtuvieron cinco años antes, en lugar de privilegiar la posibilidad de que todos los partidos políticos expongan sus ideas y propuestas en forma equilibrada e igualitaria, para el futuro, con el fin de que el ciudadano ejerza, con la mayor información posible, su derecho al voto".

Los ministros discordes, Pérez Manrique y Hounie, opinaron que el artículo 143 de la ley de SCA no viola la Constitución.

Pérez Manrique sostuvo que el criterio utilizado es similar al que aplica la ley de financiación de los partidos políticos en base a su caudal electoral. Para el magistrado, el recurso del Partido Independiente debe ser rechazado "al no advertirse conculcación por parte de la normativa impugnada de preceptos de orden superior".

Por su parte, Hounie afirmó en su voto: "El artículo cuestionado no vulnera los principios democráticos que dicen relación a la pureza del sufragio y a la igualdad en las campañas electorales, como postula el accionante. Por el contrario, la norma aparece como razonable y respetuosa de tales principios, lo cual justifica el tratamiento desigual que propone".

El mes que viene más sentencias

La SCJ tiene a estudio otros 26 recursos contra la ley de medios. El ministro Jorge Larrieux dijo a El Observador que por viajes de integrantes de la corporación al exterior y por la visita de cárceles es factible que no haya nuevas resoluciones hasta mediados del mes próximo. La ministra de Industria, Carolina Cosse, anunció la semana pasada que el gobierno decidirá qué paso dar en torno a la ley tras analizar todos los fallos.

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