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Fallo que impidió a mujer abortar generó diferencias entre abogados

Profesionales no se ponen de acuerdo acerca de si la magistrada estuvo bien en fijar su posición
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25 de febrero de 2017 a las 05:00
"Me siento ultrajada porque es como que tu vida, tu decisión, lo que tu sentís, como vos estés a nadie la importa", dijo la mujer de Soriano a la que un fallo judicial no le permite practicarse un aborto. La decisión de la jueza Pura Book de la ciudad de Mercedes, que falló a favor de la expareja de la embarazada, generó controversias ya que hay abogados que afirman que no debería haber dictado sentencia.

Uruguay forma parte desde 1969 del Pacto de San José de Costa Rica, que establece que el derecho a la vida "estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción". Esta normativa fue tenida en cuenta por Book, quien señaló en la sentencia que "persona es todo ser humano".

Sin embargo, la profesora agregada de Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (UdelaR), Gianella Bardazano, dijo a El Observador que la frase "en general" del pacto pemitía que los estados que formaron parte "incluyeran en su legislación los casos más diversos de aborto".
"Que el embrión o el feto tiene dignidad de persona no es algo que pueda asumirse como lo hace la sentencia", agregó Bardazano.
Por otra parte, el asistente académico del Decano de Facultad de Derecho, Juan Ceretta, señaló a El Observador que los jueces y fiscales necesitan más formación en derechos humanos. Según Ceretta, esa carencia se refleja en casos como el que ocurrió en Soriano. "Uruguay desde el 2011 tiene la primera condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y fue la del caso Gelman", sostuvo. En ese documento se establecía, entre otros aspectos, que el Estado debía brindar más herramientas a los magistrados para resolver casos en los que los derechos hubieran sido vulnerados.


Versiones encontradas

Otros de los argumentos que utilizó Book para fallar a favor del hombre fue que la mujer no cumplió con todos los requisitos que demanda la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Según la sentencia, no se presentó la historia clínica de la que "deben surgir determinadas constancias médicas de todo lo actuado que la ley exige".

Sin embargo, la mujer afirmó que su mutualista entregó toda la documentación necesaria. "Está todo el trámite tal cual lo pide la ley, con todas las fechas, con todas las firmas", sostuvo en declaraciones al informativo Telenoche 4. Sin embargo, el catedrático grado 5 de Derecho Penal de la Facultad de Derecho, Miguel Langón, afirmó a El Observador que la jueza tiene razón en haber dictado esa sentencia si no se presentaron todos los requisitos. "El aborto sigue siendo delito, nadie derogó el delito de aborto dentro del Código Penal. Es delito en la medida que no se realiza dentro del marco de la ley", explicó.

De todos modos, Langón afirmó que si el pedido de interrupción del embarazo se da "dentro de los parámetros de la ley", se debe concretar porque no viola ninguna normativa internacional. Es en ese sentido que calificó el fallo de "sorprendente".

"Dando cumplimiento a todos los requisitos, el aborto debe funcionar y debe priorizarse el derecho de la mujer", afirmó Langón, quien agregó que "la opinión del marido no debería ser suficiente" para detener el aborto.


La inconstitucionalidad

Bardazano advirtió que los argumentos que empleó la jueza muestran que "ella considera que la ley (de interrupción voluntaria del embarazo) es inconstitucional", por lo que no debería haber dictado sentencia.
"La decisión acerca de la inconstitucionalidad es una cuestión previa (...), por lo que la sentencia sería nula", afirmó.
En el escrito, la magistrada señala que el demandante "plantea también la acción de inconstitucionalidad (...) teniendo presente que el bien supremo a proteger es la vida, derecho superior e inalienable".

Sin embargo, Ceretta explicó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que "ninguna protección del derecho de la vida puede significar una condena a una mujer a tener un hijo no querido".

A su vez, el exministro de la Suprema Corte de Justicia Milton Cairoli dijo a El Observador que la ley prevé la objeción de conciencia y que la magistrada podría haber utilizado ese instrumento. En ese sentido, Cairoli sostuvo que la voluntad de los hombres y las mujeres no "valen lo mismo" si se relaciona con la continuidad del embarazo: "El derecho es de la mujer", afirmó.


Colectivo de padres "aplaude" el fallo de la jueza

El abogado Carlos Freira del colectivo de padres Todos por nuestros hijos dijo a El Observador que "felicitan" a la jueza Pura Book de la ciudad de Mercedes (Soriano) por no "haberse dejado influenciar por la presión de determinados grupos sociales". "Nosotros aplaudimos el fallo", agregó.

Esa organización sin fines de lucro "lucha para poder desempeñar el rol paterno y materno filial" luego de que la pareja se separa. Además, busca que las tenencias sean compartidas para "evitar que no haya más hijos huérfanos de padres vivos".

"Resaltamos que si hablamos de igualdad y hay otros grupos que reclaman igualdad en todo momento, lo cual nos parece correcto, también le tenemos que dar la posibilidad al padre de tomar decisiones en esta problemática", sostuvo Freira.


Consultado acerca de si se puede obligar a la mujer a tener el niño, el abogado afirmó que "como bien lo señala la jueza en el fallo, la madre tuvo todas las opciones para prevenir ese embarazo". Por lo tanto, sostuvo que luego de la concepción, la decisión "ya no pasa a ser propiedad exclusiva de la madre, sino que también hay un padre".

"Si nos ponemos a ser justos y a respetar los derechos de todos los ciudadanos, no solamente de algunos, vamos a tener una sociedad más justa", agregó.


Un caso que corre contra el tiempo

A partir de que la defensa de la mujer apeló el fallo de la Justicia, corren tres días hábiles para que el padre conteste y haga sus descargos, dijo a El Observador el vocero de la Suprema Corte de Justicia, Raúl Oxandabarat. Luego de cerrada esta etapa, el expediente irá a la Tribunal de Apelación, que tiene cuatro días para resolver el caso.

El tiempo es un factor de peso, ya que la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo establece que el aborto será legal si se realiza antes de las 12 semanas de gestación. La mujer en cuestión está embarazada de diez semanas. Por su parte, el abogado del padre, Federico Arregui, dijo a Subrayado que su cliente está dispuesto a hacerse cargo del niño.

Producción: Magdalena Cabrera

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