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Funcionarios del Ministerio del Interior deberán pagar multas de tránsito de autos oficiales

En caso de incumplir el ministerio iniciará acciones legales para recuperar el monto
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13 de marzo de 2017 a las 14:20

Luego de haberse registrado "casos de multas que no se condicen con el uso correcto de las unidades ni con el respeto a las normas de tránsito", el Ministerio del Interior definió elaborar un mecanismo para cobrar a los funcionarios por las infracciones de tránsito que cometan al manejar autos oficiales.

Según una resolución del ministerio del 30 de diciembre de 2016, las infracciones no afectan al vehículo sino a la persona y son consideradas como una falta administrativa por lo que "se podrán adoptar las medidas necesarias tendientes a lograr el reembolso de los perjuicios causados". Lo que no exime de la aplicación de otras sanciones.

En un comunicado publicado el pasado viernes en su sitio web, el ministerio afirma que el procedimiento "busca corregir y repetir -contra los infractores- el pago que haga la cartera sobre multas que correspondan a la exclusiva responsabilidad de los conductores".

La propuesta de cobrar las multas a los funcionarios surge de las dificultades del ministerio para hacer trámites en las intendencias debido a las deudas con el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive), explica el documento. Esto se debe a que, para dar de baja un vehículo y posteriormente adquirir otro, se debe presentar un certificado de libre de deuda. Las multas impagas suponen un retraso en la renovación de la flota, dice la resolución.

Así, a partir de ahora, si al querer hacer algún trámite se detectan deudas por multas de tránsito o el extravío de las chapas matrículas, el ministerio informará al funcionario que estaba a cargo del vehículo para que haga el pago correspondiente.

Luego de que la Dirección de Transporte de esa cartera informa a la unidad a la que pertenece el trabajador de la deuda, esta cuenta con dos días hábiles para hacerlo saber al trabajador, y el plazo máximo para que haga efectivo el pago es de cinco días hábiles. Dentro de ese plazo, se pueden presentar los descargos.

En caso de que en ese plazo el trabajador no pague, el procedimiento establece que será la unidad a la que pertenece la que deberá pagar la multa y "se elevarán los antecedentes administrativos al director general de Secretaría a efectos de iniciar las acciones legales correspondientes para el recupero de lo abonado".

Quedan por fuera las infracciones cometidas en el marco de procedimientos policiales.

A fines de diciembre un vehículo con matrícula oficial fue multado seis veces en menos de siete días por las cámaras de la intendencia de Montevideo. Por esas infracciones, que eran todas por exceso de velocidad, el Estado fue notificado por un monto de $ 45 mil.

Otros vehículos, también con matrícula oficial, ya habían sido multados.

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