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"Tenemos un sistema penal totalmente distorsionado"

"Hay delitos absurdos por los cuáles una persona puede terminar en prisión"
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24 de mayo de 2016 a las 05:00
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El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique, opinó que el cambio que significará la aplicación del nuevo Código del Proceso Penal "tiene que ver con la afirmación de derechos básicos de las personas". "Acá se le reconoce al indagado algo importante que hoy no existe, que es el derecho a esperar la condena en libertad. Hoy más del 50% de los presos, lo están por la sospecha de que cometieron un delito", dijo al ser entrevistado por Gabriel Pereyra en El Observador TV. El jerarca dijo además que la DGI sólo puede pedir información a los estudios jurídicos vinculados a los llamados Panamá Papers, si tiene orden judicial, de lo contrario "es sagrado" el secreto de la relación entre los abogados y sus clientes.

El Código del Proceso Penal está a punto de cambiar. ¿Usted diría que es el cambio más importante de los últimos años?

En el ámbito de la Justicia Penal sin duda. Venimos con un régimen procesal penal inspirado en la vieja ley de enjuiciamiento española de hace dos siglos. Este cambio tiene que ver con la afirmación de derechos básicos de las personas que están en el Derecho Internacional y en nuestra
Constitución. El nuevo Código va un régimen procesal con tres partes claramente definidas. El juez como un tercero imparcial, el fiscal como parte acusadora y el indagado con su defensa como la parte demandada. Toda la prueba se va a deligenciar en audiencia y acá se le reconoce al indagado algo importante que hoy no existe, que es el derecho a esperar la condena en libertad. Hoy más del 50% de los presos, lo están por la sospecha de que cometieron un delito.

¿Si los operadores del sistema de justicia son conscientes de que esto que tenemos hoy limita la libertades y el derecho de la gente, por qué lo usan? Hoy el Código habilita a que gente que está en prisión podría estar en libertad.

En este sistema a 48 horas de detenida una persona se decide frente a la población la suerte de ese individuo. Si no hay indicios o pruebas medianamente contundentes quedará en libertad, y si hay pruebas se determinará en función de una serie de elementos que no son los estrictamente admitidos por los Derechos Humanos, como la peligrosidad o la alarma social del delito. Eso ha sido funcional a todos los operadores y también para la población. Una persona hasta que no es condenada es inocente.

Imagínese a Matias Campiani, de Pluna, saliendo por la puerta del juzgado en libertad, imagínese a Amodio Pérez saliendo, a los enfermeros saliendo. ¿Cómo va a tomar la gente eso?

El tema de la seguridad no puede ser examinado y pretendido solucionar exclusivamente desde la respuesta penal. Debe haber políticas preventivas. En los últimos tiempos respecto a políticas preventivas hay que admitir que he escuchado una sola y a mi entender es una propuesta innovadora, que es la del comandante en jefe del ejército.

Debe haber una política preventiva, una adecuada política represiva y una eficiente política carcelaria de recuperación. Creo que por más esfuerzos hechos en la política de recuperación estamos con problemas. Estamos fallando claramente en las políticas preventivas. Las cifras indican que, en adolescente en 2015 en Montevideo, hubo un promedio de 10% más de expedientes iniciados.

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Aumentó el tiempo para que estuvieran presos y sin embargo aumentó la cantidad de presos.

Con este fenómeno que es que se está desplazando la edad de cometer delitos de los 16 y 17 años a los 14 y los 15 años.

Es interesante esta cifra también para los que querían bajar la edad de imputabilidad.

Es interesante para muchas cosas. Mañana va a ir la Corte a la comisión de Constitución del Senado a opinar sobre los dos proyectos de seguridad. Nosotros creemos que este código juega su suerte en campañas de difusión pública que explique sus contenidos y alcances. La sociedad debe estar instruida de las reglas de juego que habrá al momento en que empiece a regir.

La sociedad está atemorizada y ve que hay dirigentes políticos que piden más penas. Le planteo a usted que fue juez de menores: aumentar penas al narcotráfico, ¿es igual la mula que se traga la capsula de cocaína para poder ganar mil dólares que quien le financia eso? ¿Es lo mismo la mujer que vende pasta basa en su casa, con cuatro hijos y ahora queremos penarla porque convierte su casa en una boca cuando los narcos grandes no tienen la droga en su chalet de Punta del Este?

Tenemos un sistema penal totalmente distorsionado, con delitos que son absurdos pero por los cuales una persona puede ser procesada y terminar en prisión. Hay que sentarse a pensar el sistema penal como un conjunto. Debe haber una racionalización del sistema penal. Es muchas cosas es irracional fundamentalmente porque está continuamente siendo toqueteado. En 1993, había 2.800 reclusos. Hoy estamos arriba de 10 mil y estamos discutiendo los mismos problemas. ¿Dónde está la veta para encontrar el camino de satisfacer los reclamos de seguridad de la gente?.

En los Panamá papers, periodistas se amparan en secreto, los bancos también, los médicos se amparan en el secreto profesional. Ahora la DGI va a estudios a pedir datos de sus clientes. ¿Están obligados a darlo?

Si hay algo sagrado en el Estado de Derecho es la libre comunicación del abogado con su cliente y la reserva en la cual se maneja el abogado en la relación con su cliente.

El abogado necesita para ser eficiente en su trabajo saber toda la verdad. El abogado es el que conoce realmente la verdad o como la ve su defendido y tiene que ajustar su defensa en función de esa realidad. Por eso es tan importante el secreto profesional y por eso no se pueden admitir interceptaciones telefónicas del abogado y su cliente, salvo que el abogado sea copartícipe en un delito o es parte de la organización.

¿La DGI podría violar la Constitución si pide esa información por la fuerza?

Si el abogado entiende que la información que se le solicita está amparada por secreto profesional no tiene porqué entregarla y si se ve sometido, el abogado deberá ir ante un juez en preservación de su secreto profesional

¿Salvo que la DGI caiga con una orden de un juez?

Si cae con una orden de un juez es diferente.

Ley de medios. ¿Qué pasa con el Parlamento que vota leyes inconstitucionales con liviandad?

Hay un descenso de la calidad de la legislación. En la época en la que yo era joven, la Universidad publicaba las características de cada carrera, y cuando decía abogado, uno de los rubros de ocupación era política. La mayoría de los abogados terminaban en política. Hoy esa realidad se invirtió y son pocos los que están en cargos legislativos y eso se nota en la legislación. Podría haber instancias, que sin vulnerar el contenido de una decisión política, hagan claro lo que decide el legislador. Hay un problema de la calidad de la legislación. Aparecen leyes con artículos kilométricos. La ley de Medio Ambiente tiene artículos de media carilla. La propia ley de medios es exageradamente larga, es difícil estudiarla y tomar decisiones. Tiene artículos ininteligibles.

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