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IMM quiere gastar superávit en obras pero Constitución lo impide

La norma establece que el excedente comunal debe ser utilizado para pagar deuda
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09 de mayo de 2017 a las 05:00
Después de cuatro años de números rojos, la Intendencia de Montevideo cerró el 2016 con un balance positivo de $ 1.112 millones y esto, que en principio parece una buena noticia, puede terminar en un recurso de inconstitucionalidad si la comuna insiste en destinar ese dinero para obras en la capital.

Porque el artículo 302 de la Constitución señala: "Todo superávit deberá ser íntegramente aplicado a amortizaciones extraordinarias de las obligaciones departamentales. Si dichas obligaciones no existiesen, se aplicará a la ejecución de obras públicas o inversiones remuneradoras, debiendo ser adoptada la resolución por la Junta Departamental, a propuesta del Intendente y previo informe del Tribunal de Cuentas".

Consultado por este artículo, el intendente Martínez aseguró que seguirá adelante con su intención de ejecutar nuevas obras. "Se puede pedir permiso a la Junta Departamental para hacer inversiones", dijo el intendente en el programa Claves Políticas de Nuevo Siglo aunque el artículo 302 señala otras condiciones.



El diputado nacionalista Gustavo Penadés (Todos) dijo a El Observador que espera que el intendente recapacite antes de que el Tribunal de Cuentas le observe el gasto. Y si esto último no sucede, no descarta echar mano al artículo 303 de la Constitución que establece que, con la firma de 11 ediles, se puede presentar una recurso de inconstitucionalidad ante la Cámara de Diputados.

"El artículo que prohíbe usar el superávit en obras es claro. Nadie se opone a que haya obras, pero el gobierno de Montevideo hace 20 años que viene teniendo déficit y éste superávit no es resultado de una buena gestión sino de un apriete en inversiones, en gastos de funcionamiento y en el aumento de la recaudación por las multas en el tránsito", señaló el legislador.

"Me sorprende que el intendente Martínez diga que ese superávit es por una inversión exitosa. Pero, como sea, lo que está haciendo es inconstitucional y espero que recapacite al respecto", agregó Penadés.

Por su lado, el abogado constitucionalista, Martín Risso, apuntó en el mismo sentido y dijo a El Observador que el artículo 302 de la Constitución no deja lugar dudas sobre las obligaciones que tienen las intendencias en caso de superávit. "Es muy claro", señaló el experto.

Un importante aumento en la recaudación de la patente por el aumento de la cantidad de automóviles, sumado a las transferencias del gobierno nacional, y a la reducción en los gastos de funcionamiento y de las horas extras fueron algunas de las razones por las que la Intendencia de Montevideo llegó a este balance positivo.

Transformar el zoológico en un parque urbano, mejorar la accesibilidad del Parque Rodó y diversas plazas de distintos barrios, son algunas de las obras que la intendencia tiene previstas realizar con el dinero del superávit.

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