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Inclusión financiera destacada en denuncias de los consumidores

La exigencia de mínimos para compras con débito entre las más comunes
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07 de febrero de 2017 a las 05:00

En 2015 cuando la ley de Inclusión Financiera daba sus primeros pasos, el Área de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía decidió desarrollar una nueva sección en su relevamiento de consultas y denuncias que toma en cuenta el cumplimiento de los beneficios tributarios al consumidor.

De las 423 consultas (el paso previo a la denuncia) pertenecientes al área beneficios tributarios al consumidor recibidas en 2016, 381 estuvieron vinculadas a la ley de Inclusión Financiera, según datos de Defensa del Consumidor a los que accedió El Observador.

La mayor cantidad de atenciones (112) fue porque el comercio no aplicaba los descuentos de IVA previstos en la ley para las operaciones con instrumentos de pagos electrónicos. En segundo lugar y con 95 atenciones se ubicó el problema "exigencia de mínimos para la compra con tarjeta de débito/crédito" y en tercer lugar con 70 atenciones se ubicó el problema "discriminación entre pago efectivo y pago con débito". Este último tipo de problemas ameritó 51 denuncias de los consumidores, sobre un total de 397, donde también aparecen denuncias vinculadas a productos, servicios y alimentos como las más sobresalientes.

Ahora la nueva redacción del artículo 64 de la ley de Inclusión Financiera, vigente desde el pasado 27 de enero, establece que los comercios que acepten para el cobro de sus ventas tarjetas de débito o instrumentos de dinero electrónico, no pueden limitar el uso de esos medios de pago estableciendo montos mínimos de compra.

El Área Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio ya recibió denuncias y comenzará a realizar inspecciones de oficio en los próximos días. Esa misma oficina incorporará la fiscalización de este tema en los controles que habitualmente realiza. Los comercios que no cumplan la norma son pasibles de sanciones, que comienzan con el apercibimiento y continúan con multas en caso de reiteración, que tienen un piso de 20 Unidades Reajustables ($ 18.900 a valores actuales).

Los consumidores pueden denunciar a los comercios que continúen exigiendo mínimos a través del formulario online de consultas y/o reclamaciones que tiene a disposición el Área Defensa del Consumidor en su página web.

El cambio había sido largamente reclamado por los usuarios y obedece a que hay locales que permiten que sus clientes paguen su compra con medios de pago electrónicos, pero siempre que el saldo a cancelar supere el mínimo que, de forma arbitraria, fija el comerciante.

Por otro lado, durante el año 2016 las consultas por servicios financieros ascendieron a 3.893. Un 25% correspondieron a problemas con tarjetas de crédito. Los motivos más comunes fueron refinanciaciones y acuerdos de pagos de los saldos adeudados, reclamos por compras no realizadas, solicitud de baja de las tarjetas, reclamos por débitos automáticos y cálculo de intereses por el atraso en el pago, entre otros. Solo 14 terminaron en denuncias.

En todos los casos hay un camino a recorrer antes de formular una denuncia. Quien realiza una consulta recibe asesoramiento del organismo, que también puede oficiar de mediador con quien le proveyó el producto o servicio que gatilló el reclamo inicial.

Si la persona no queda satisfecha luego de este proceso, tiene la posibilidad de transformar su consulta en una denuncia, que goza del aval de Defensa del Consumidor porque da cuenta de que se transitó un proceso previo a esta instancia.

En el caso de "servicios financieros" la denuncia se eleva al Banco Central (BCU) o a la Auditoría Interna de la Nación (si se trata de un problema con una cooperativa) que son los encargados de resolver la situación.

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