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Intendencia de Maldonado rechaza ser responsable de multa a Corona Sunsets

La comuna señala que la multa es "desproporcionada" e "improcedente"
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29 de enero de 2017 a las 21:28

La intendencia de Maldonado considera "desproporcionada" e "improcedente" la multa que la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) aplicó a los organizadores de la Corona Sunset, y que consideró a la comuna como solidaria responsable por las infracciones, si la empresa no se hace cargo. Así lo indicó la administración del intendente Enrique Antía en una nota dirigida a la Dinama, a la que accedió El País.

El documento indica que la comuna rechaza ser resposnable solidaria de la empresa organizadora (Plumer S.A.), debido a que esta no concedió permiso de construcción alguno, ni tampoco el empleo de contenedores en la zona. Además, el documento señala que la compañía no debió tramitar una autorización ambiental previa con la comuna.

Según consigna El País, la intendencia denuncia que la decisión de parar las obras solo fue notificada a la empresa y no a la comuna, y que la actuación de la Dinama en el lugar fue realizada sin presencia de funcionarios de la intendencia, hecho que "acarrea la nulidad absoluta de un medio probatorio". También agrega que la denuncia se basa en fotos tomadas por vecinos "sin ningún controlador" y que el sector en el que se realizó la fiesta "ya estaba parcialmente afectado por la circulación de vehículos y personas".

El gobierno departamental señala que "no resulta procedente a esta altura de los hechos pretender atribuir a la intendencia responsabilidad por hechos de los cuales la Dinama tenía conocimiento fehaciente a través de su inspección del 20 de diciembre de 2016 y no así la Intendencia".

El pasado 12 de enero, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (Mvotma) definió multar a los organizadores de la fiesta Corona Sunsets por los daños ocasionados en las dunas del balneario Buenos Aires, por $ 1.685.934 (unos US$ 58.800). Según dijo a El Observador el subsecretario del Mvotma, Jorge Rucks, se trata de dos multas, una de 300 unidades reajustables por no haber parado la obra cuando Dinama lo indicó; y otra por 1.500 unidades reajustables por los daños ocasionados y por el no cumplimiento de la normativa.

El 20 de diciembre la Dinama detectó el comienzo de las obras en la zona y notificó a los organizadores de la fiesta que, al no contar con una autorización ambiental previa, eran pasibles de recibir una multa.

Si bien la organizadora inició el trámite de autorización de forma inmediata, la Dinama denegó el pedido por entender que la actividad produciría "un efecto perjudicial a la configuración y estructura de la costa". Rucks explicó que según el artículo 117 de la ley 16.466 ningún organismo público puede dar autorización en la faja de defensa de costa si previamente no existe una autorización de acuerdo con el código de aguas que depende de Dinama. Al no acatar esa disposición y dar autorización, la intendencia de Maldonado sería entonces también responsable, había indicado el subsecretario del Mvotma.

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