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Intendentes se unen para gastar superávit en obras

El Congreso de jefes comunales le preguntará al Tribunal de Cuentas si pueden proceder de esa manera aunque la Constitución diga que deben pagar deudas
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24 de mayo de 2017 a las 05:00
El Congreso de Intendentes votó este martes por unanimidad conformar una delegación que se reúna con el Tribunal de Cuentas (TCR) para realizar una "consulta vinculante" y así saber si tienen vía libre para gastar el superávit en obras y no en el pago de deudas, como lo establece la Constitución.
La movida supone un apoyo de los jefes comunales blancos al planteo inicial del intendente de Montevideo, Daniel Martínez, sobre la forma de usar ese dinero.

El propósito de las comunas es negociar con el organismo de contralor para que deje de observar ese tipo de gasto y así quedar habilitados a hacerlo.

En diálogo con El Observador, Martínez había defendido el uso de fondos para obras. El jefe comunal señaló que la intención "es usar el dinero para el beneficio de la gente" y remarcó que "todos lo hacen".
El intendente nacionalista de Flores, Fernando Echeverría, y el director de obras de Florida, el también blanco, Guillermo López, dijeron ayer a El Observador que esas comunas manifestaron durante la reunión que están de acuerdo con usar el superávit para obras siempre y cuando haya racionalidad en lo proyectado.

"Cuando hay un déficit que no es importante, que muchas veces puede ser heredado, y cuando uno logra comenzar a estabilizar la economía del gobierno departamental, si se empieza a trabajar con superávit, sin descuidar determinadas deudas, es importante poder volcar en obras el superávit", dijo Echeverría.

$1.112: fue el superávit. logrado por la intendencia de Montevideo en 2016 después de cuatro años de déficit

"Depende de la responsabilidad de cada uno y de las deudas, y de no dejar de cumplir con acreedores o con las obligaciones del normal funcionamiento departamental", insistió.

La intendencia de Florida también está de acuerdo en la utilización del superávit para obras "siempre y cuando no sea sobre el final del período de gobierno", según dijo el director de obras de ese departamento, que estuvo en la reunión junto al intendente interino Óscar Arizaga, quien suple a Carlos Enciso. Las intendencias de Flores y de Florida están en manos de figuras del grupo Todos, de Luis Lacalle Pou.

Las dos bibliotecas

La polémica surgió luego de que Martínez anunciara en el programa Claves Políticas de Nuevo Siglo que iba a utilizar el superávit que la Intendencia había generado en 2016 para invertir en obras. "Se puede pedir permiso a la Junta Departamental para hacer inversiones", dijo. Sin embargo, el artículo 302 de la Constitución asegura que "todo superávit deberá ser íntegramente aplicado a amortizaciones extraordinarias de las obligaciones departamentales". Tras el anuncio, Martínez y otros jefes departamentales revelaron que se trata de una práctica común en las intendencias.

"Es un artículo confuso (el de la Constitución). La idea es usar el dinero para el beneficio de la gente", Daniel Martínez, intendente de Montevideo

Tanto el intendente de Colonia, Carlos Moreira, como el de Cerro Largo, Sergio Botana, ambos blancos que responden a Jorge Larrañaga, reconocieron a El Observador que utilizaban los superávits en obras.

"El artículo 302 de la Constitución habla de que hay que pagar todas las deudas primero" Carmelo Vidalín intendente de Durazno

Moreira dijo que prevé tener en 2016 un superávit de $ 400 millones y lo volcará en obras para la ciudad. A su entender, si la intendencia cumple en tiempo y forma con sus obligaciones "no es necesario adelantar el pago y quedarse sin plata para inversiones, que es lo que la gente quiere". "Yo tengo un fideicomiso a pagar en 2021, ¿por qué tengo que adelantarlo si puedo ir cumpliendo religiosamente como le estoy cumpliendo al Banco República?", se preguntó Moreira.

Más allá de la visión general de los intendentes, algunos jefes departamentales nacionalistas ponen reparos. Es el caso del intendente de Durazno, Carmelo Vidalín, quien señaló a El Observador que habrá una "consulta vinculante" al Tribunal de Cuentas para que defina la situación.

El jerarca sostuvo que la resolución del organismo será determinante pero opinó que, desde su punto de vista, los intendentes "deberían pagar las deudas" antes de utilizar el dinero en obras.

"El artículo 302 de la Constitución habla de que hay que pagar todas las deudas primero, pero como hay diferentes interpretaciones jurídicas vamos a recurrir al Tribunal de Cuentas haciéndole una consulta vinculante. Esto es: que determine lo que hay que hacer", dijo Vidalín.

El diputado blanco Gustavo Penadés (Todos) había dicho a El Observador hace dos semanas que esperaba que Martínez recapacitara antes de que el Tribunal de Cuentas le observe el gasto. Y si esto último no sucede, no descarta echar mano al artículo 303 de la Constitución que establece que, con la firma de 11 ediles, se puede presentar un recurso de inconstitucionalidad ante la Cámara de Diputados.
El abogado constitucionalista Martín Risso entiende que la Constitución es clara al respecto. En declaraciones a radio Carve, Risso aseguró el miércoles 10 que si "existe una deuda de la intendencia que tiene que pagar en diciembre, se adelanta el pago haciendo una amortización extraordinaria; o sea que amortización extraordinaria es cualquier obligación de la intendencia y el hecho de que esté programado, que haya un plazo para pagar o no, no cambia la cuestión".

El intendente Martínez aseguró que otros constitucionalistas como Ruben Correa Freitas y Carlos Delpiazzo están de su lado.


Según jurista no admite interpretación

Para el abogado constitucionalista Martín Risso la Constitución no admite interpretaciones. "Amortización extraordinaria es cualquier obligación de la intendencia y el hecho de que esté programado, que haya un plazo para pagar o no, no cambia la cuestión", explicó.

Lo que dice la Constitución

El artículo 302 de la Constitución establece que “todo superávit deberá ser íntegramente aplicado a amortizaciones extraordinarias de las obligaciones departamentales”. La IMM lo interpretó diciendo que la Constitución se refiere a deudas “por fuera de los plazos establecidos” y no deudas corrientes.

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