Jueza defendió su postura en fallo criticado por el Ministerio del Interior

Larrieu asegura en un informe enviado a la Suprema Corte que las imágenes de la Policía no fueron prueba suficiente
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04 de abril de 2016 a las 19:50
La jueza Beatriz Larrieu respondió al pedido de informe de la Suprema Corte de Justicia, en el que ratifica que de las imágenes aportadas por la Policía no surgen pruebas suficientes para incriminar al dueño del auto en el que los delincuentes se dieron a la fuga.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique, pidió un informe a la jueza luego de que el Ministerio del Interior se mostrara molesto sobre el fallo de una rapiña efectuada a un hombre a la salida de un banco el pasado 11 de marzo en Ciudad Vieja. El ministerio criticó a la Justicia por no utilizar las imágenes proporcionadas por el sistema de videovigilancia, por dejar en libertad a uno de los implicados, que tenía antecedentes penales, y por establecer un delito de "hurto especialmente agravado" a otro de los delincuentes, cuando a su entender hubo coautoría de la rapiña y asociación para delinquir.

Sin embargo, la jueza asegura en el informe que coincide con el pedido de la fiscal María del Huerto Martínez y que de las filmaciones y declaraciones de la víctima y los implicados no surge prueba suficiente para incriminar al dueño del auto. Por tanto, resolvió dejarlo en libertad. "Ninguna requisitoria se formuló respecto del propietario del automóvil incautado", afirmó Larrieu en el documento enviado a la Suprema Corte. "De las filmaciones agregadas no surge en momento alguno quién era el conductor del auto, así como tampoco el propietario del mismo fue involucrado ni por el adolescente ni por el coindagado", agrega la magistrada.

Tener un antecedente por un delito similar al que se estaba investigando, continúa Larrieu, tampoco es prueba suficiente.

Por otra parte, sobre "quien aparece en la filmación cuando baja del auto para permitir el descenso del adolescente" que perpetúa la rapiña, la jueza aclara que resolvió establecer una medida preventiva de prisión domiciliaria por 90 días, ya que el implicado no participa directamente en la rapiña.

El enjuiciamiento " fue dispuesto sin prisión y con medidas sustitutivas atendiendo también a la requisitoria del Ministerio Público –titular de la acción penal- y teniendo en cuenta, además, la pena mínima prevista para el delito requerido, así como la calidad de primario absoluto del indagado", dice la jueza.

"No resulta de la prueba recolectada que los indagados participaran de un grupo o 'banda de delincuentes que rapiñan personas a la salida de bancos', sin perjuicio de ulterioridades", afirma Larrieu en el informe en relación con el comunicado divulgado por el Ministerio del Interior.

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