Nacional > MÓDULO 8

Justicia obliga al gobierno a fijar tratamiento de salud para presos

Con este fallo a favor, el comisionado de cárceles prepara más recursos
Tiempo de lectura: -'
27 de junio de 2017 a las 05:00
Había siete reclusos en el Módulo 8 de la cárcel de Santiago Vázquez (exComcar) que hacía semanas que no comían porque sus otros compañeros de celda –encargados de repartir los alimentos– les privaban de ello. Un diagnóstico médico a principios de junio determinó que el comisionado parlamentario para el sistema carcelario, Juan Miguel Petit, conociera de primera mano la situación de los presos y presentara un recurso de amparo para proteger sus derechos. La Justicia condenó este lunes al Ministerio del Interior a realizar un "programa de tratamiento individual" para los presos.

En la sentencia, el juez Alejandro Martínez de Las Heras obliga a aplicar a la reclusión las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela). Esta convención establece las prácticas idóneas en lo que respecta al tratamiento de los presos y la administración penitenciaria, y establece a modo de ejemplo fijar un tratamiento individual para cada preso que contemple sus necesidades. El fallo del magistrado es histórico, porque es la primera vez que se invoca al derecho internacional para proteger los derechos de la población carcelaria.

Petit dijo a El Observador que las autoridades deberán crear un documento en el que especifiquen información sobre cada recluso, como qué sabe hacer, qué es importante que aprenda durante su tiempo en prisión, cómo se integra y se relaciona con su familia, entre otros puntos. Ese informe debe estar pronto en 30 días y permitirá planificar mejor el proceso de rehabilitación, ya que buscará ofrecer soluciones individuales a cada uno de los presos. A su vez, el Ministerio del Interior deberá informar en 90 días a Petit sobre la situación de los reclusos.

En la sentencia el juez destacó el esfuerzo desplegado por el Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) para reacondicionar el Módulo 8, como informó El País el sábado 24. No obstante señaló que "no se ha instrumentado concretamente un Programa de Tratamiento Individual". A juicio del magistrado, la inexistencia del programa demuestra que existe "ilegitimidad manifiesta" por omisión, que exige el proceso de amparo, un juicio rápido para atender una situación considerada de urgencia.


El juez entiende que se configuró "trato cruel, inhumano y degradante" sobre esos presos y que la finalidad de ese fallo es que el INR "mantenga una conducta proactiva en la efectiva tutela de los derechos humanos de los reclusos".

Si bien la sentencia solo obliga a las autoridades a aplicar ese programa de seguimiento en estos siete presos, para el comisionado parlamentario la sentencia "comunica al sistema que debe ir en la dirección de las Reglas Mandela".

Por lo tanto, según Petit, este recurso de amparo permitirá crear planes de tratamiento individual para los privados de libertad en general. "Se necesitan programas que puedan dar a distintas personas, distintas soluciones", agregó.

Petit valoró que fuera el personal de salud de la cárcel de Santiago Vázquez el que detectara la situación de vulnerabilidad de los siete presos. A partir de esa información, él comenzó a investigar y descubrió que los reclusos no solo no comían, sino que hacía meses que no salían al patio y muchos de ellos dormían en el piso.

Más recursos de amparo

El comisionado parlamentario presentó la denuncia en convenio con la Clínica de Litigio Estratégico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (UdelaR). El abogado y profesor Juan Ceretta dijo que con este fallo "queda la puerta abierta" para que se denuncien más casos como el de los siete reclusos del módulo ocho. De hecho, Petit prepara otros recursos de amparo sobre la situación de más privados de libertad.

Ceretta destacó que los dos puntos que presentaron en la demanda fueron tomados en cuenta por la Justicia.

El más urgente –que refería a que los presos debían recibir alimentación, abrigo, entre otros elementos de primera necesidad– fue cumplido rápidamente por las autoridades del Ministerio del Interior. De hecho, seis de los siete presos fueron realojados a otro módulo antes de que la Justicia se expidiera.


El segundo inciso refería a que el Ministerio del Interior debía crear un plan para cada uno de los presos, algo que también fue incluido en el fallo.

Ceretta, quien representó a Petit en el recurso de amparo, afirmó que lo "más importante" que tiene la sentencia es la justicibialidad. "La violación de los derechos humanos de la población carcelaria se puede reclamar judicialmente, eso quedó claro ahora", sostuvo.

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...