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Las dudas jurídicas y políticas de cómo se resuelve el remplazo de Sendic

Según interpretaciones de la Constitución, el rol del vicepresidente podría repartirse entre Topolansky y Mujica
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11 de septiembre de 2017 a las 10:03
Este lunes Raúl Sendic formalizará la renuncia ante la secretaría del Senado. Eso, inmediatamente, debería disparar un montón de decisiones. Pero no hay cartas de navegación claras.

La Constitución de la República no prevé la renuncia del vicepresidente. Y eso además nunca pasó en democracia. Así que es una situación totalmente novedosa. ¿Cómo se procederá?

La primera duda es si se seguirá un camino político o uno jurídico. Si se elige la primera opción no hay dudas: Lucía Topolansky será la primera vicepresidenta en la historia del país.

Parte de eso se hablará hoy a la hora 16 cuando se reúna la coordinación de los partidos políticos en el Senado.

Pero lo formal va por otro lado y en lo jurídico, como siempre, hay dos bibliotecas.

Por un lado está la tesis del constitucionalista José Korzeniak, que fue recordada en estos meses por el politólogo Oscar A. Bottinelli. Según el experto en el sistema electoral, la vicepresidencia es un rol que una vez que queda vacante no vuelve a ocuparse. Siguiendo esa interpretación, los roles del vicepresidente se dividen en dos. Por un lado está el de presidir el Senado y la Asamblea General (artículo 94 de la Constitución) y por otro lado está el de ser el primero en la línea sucesoria del presidente de la República (artículo 153).

Ese último artículo imposibilita que Mujica sea el primero en la línea de sucesión de Vázquez, y Topolansky ocuparía ese rol.

Si se sigue el camino del artículo 94, Mujica sería el presidente del Senado y de la Asamblea General, y Topolansky, la primera en la línea sucesoria.

La Secretaría de la Cámara de Senadores llevará el asunto a la reunión de coordinación de la tarde de este lunes. Y allí se decidirá convocar a la Asamblea General, para martes o miércoles, explicó a El Observador el secretario de la Cámara de Senadores, José Pedro Montero.

Luego se puede resolver políticamente que se le ofrezca de modo directo la vicepresidencia a Topolansky. O también se puede seguir el camino del artículo 94, ofrecerle la presidencia del Senado y de la Asamblea General a Mujica y que él desista de ocuparla. Inmediatamente se le ofrecería a Topolansky, que ya dijo que la aceptará.

"En la práctica vamos a tener a Lucía Topolansky como vicepresidente de la República. Acá hablo como analista del juego político y no como catedrático en sistemas. La oscuridad académica quedará en la academia", dijo Bottinelli entrevistado por El Observador TV.

La Corte Electoral no interviene

Según explicó a El Observador el presidente de la Corte Electoral, José Arocena, el organismo no tiene por qué participar ni se le debe pedir opinión.

Arocena aseguró que los legisladores ya están todos proclamados y por tanto no es necesario intervención de la Corte. Tampoco espera que haya una consulta jurídica, porque la propia Asamblea General tiene un departamento jurídico que puede resolver.

Si la Secretaría de la cámara tiene dudas entre seguir el camino del artículo 153 o el del artículo 94, puede pedirle un informe a la directora de Jurídica del Senado, Ana Yavarone.

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