Ricardo Peirano

Ricardo Peirano

Reflexiones liberales > Uruguay

Letra muerta

Todo padre tiene derecho a elegir la educación que desee para sus hijos, pero en Uruguay eso solo es cierto cuando se tienen los medios para hacerlo posible en la práctica.
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29 de marzo de 2015 a las 00:00

No es novedad alguna decir que la educación está en el centro del escenario político y social de Uruguay. Del político, porque comienzan a delinearse algunas ideas del nuevo gobierno para lograr mejoras en el desolador panorama educativo y las mismas, aunque aún muy generales, ya generan resistencia por parte de los gremios docentes. Del social, porque el comienzo de las clases, el estado de los liceos, la presión de los padres y la sensibilidad de los docentes están a flor de piel. Ya hubo una agresión de una madre a una maestra que generó un paro nacional que dejó sin clases a más de 80 mil niños.
Pero el tema educación está en todos lados. Hace pocos días, un lector me escribió haciendo referencia a una columna que publiqué a comienzos de marzo sobre el derecho de los padres de elegir la educación que desearán para sus hijos. En ella, citaba como apoyo legislativo de ese derecho natural y primigenio, dos textos: la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Constitución de la República. El artículo 26 de la mencionada declaración, aprobada por la ONU en 1948, establece el derecho de los padres en la elección de la educación de sus hijos. Dice, en efecto, el apartado tercero de dicho artículo que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”. Y el artículo 68 de nuestra Constitución dice: “Todo padre o tutor tiene derecho a elegir, para la enseñanza de sus hijos o pupilos, los maestros o instituciones que desee”.
El lector, con toda razón, señalaba que dichos derechos, por importantes e inalienables que sean, son letra muerta si no se tienen los medios para que su ejercicio sea posible en la práctica. De una parte, su ejercicio es viable si los padres tienen medios económicos para elegir las instituciones educativas que deseen para sus hijos o si el Estado permite que, mediante el famoso bono escolar que es el diablo encarnado para los docentes, los padres puedan llevar a sus hijos a las escuelas privadas que deseen. De otra, aun dentro de la enseñanza pública, ese derecho solo puede ejercerse efectivamente si los padres pueden elegir la escuela o el liceo estatal que consideran más conveniente para sus hijos sin limitaciones. Hoy por hoy, esto no está garantizado y más que manifestar preferencias sobre los liceos a los que desean enviar a sus hijos, señalando dos de ellos, los padres no pueden hacer más que esperar lo que les depara el bombo educativo.
Aun sin entrar en el espinoso tema del financiamiento de la enseñanza privada, algo que genera gran preocupación en las autoridades educativas estatales y mayor incluso en los gremios docentes aun cuando les significa una ayuda invalorable en la tarea educativa, no sería difícil pensar que el presupuesto educativo se asignara a cada centro educativo en función de los alumnos que allí asisten según elección de los padres. Al fin y al cabo, es el derecho que reconoce la ONU y nuestra Constitución, aunque para muchos eso no parece tener la menor importancia. La Declaración Universal de Derechos Humanos parece ser letra muerta y más muerta nuestra Constitución, que viene a recoger con carácter particular para Uruguay lo que dice la ONU con carácter universal.
De que estos derechos, que no son negociables (la ONU establece claramente que el mencionado derecho está incluido por los firmantes de la declaración entre los básicos que un Estado no puede negar o manipular), se apliquen depende mucho el futuro del país. Depende por supuesto la calidad de la educación, depende la generación de oportunidades de desarrollo personal, depende que los ciudadanos encuentren oportunidades de desarrollo laboral). Pero depende, sobre todo, que el ejercicio de la libertad en general sea real y no letra muerta. Ya lo decía Artigas en las Instrucciones del Año XIII, en su artículo 3 (un artículo que suele olvidarse con demasiada frecuencia cuando se cita al Prócer de los Orientales) que es preciso “promover la libertad civil y religiosa en toda su extensión imaginable”.
Pues si no queremos que la libertad sea letra muerta, busquemos de todas las maneras posibles que lo que dice la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU en su artículo 26 y nuestra Constitución en su artículo 68 sobre el derecho de los padres en la elección de la educación de sus hijos sea una realidad plena. Es mucho lo que está en juego.

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