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Magistrados dirigirán pesquisas bajo directrices del fiscal de Corte

Nueva ley concentra más poder en el jefe de los fiscales
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04 de febrero de 2017 a las 05:00
Fiscales que investiguen de manera "pronta, eficiente y oportuna", que a su vez estarán bajo estricto control de su superior, el fiscal de Corte, forman parte de las normas del nuevo estatuto que se promulgó la semana pasada y que se pondrá en marcha desde julio con la aplicación del nuevo Código del Proceso Penal. (CPP) Según esa norma, las investigaciones judiciales dejarán de ser dirigidas por los jueces y pasarán a estar en manos de los fiscales y las audiencias serán públicas y orales.

La ley da potestad al fiscal de Corte de dictar "instrucciones generales de actuación" a los fiscales. En ese marco, el fiscal de Corte Jorge Díaz, tendrá un rol central en la supervisión de las directrices por las que se tienen que regir y eso generó preocupación en los fiscales que a través de la Asociación de Magistrados del Ministerio Público y Fiscal del Uruguay plantearon al Parlamento su posición contraria a la que ahora ya es la ley que rige su actuación.

La principal crítica que hicieron es el "poder" que concentra en el fiscal de Corte el estatuto.
El estatuto define a las instrucciones generales como "directrices de actuación destinadas al mejor funcionamiento del servicio y al cumplimiento de sus cometidos en todas las áreas de competencia de la Fiscalía General de la Nación". En particular, las instrucciones se refieren a "las tareas de investigación de los hechos punibles y su adecuada priorización".

"La asociación manifiesta que tienen que coexistir en un delicado equilibrio las instrucciones generales con la independencia técnica", había dicho a El Observador el fiscal Gustavo Zubía, vicepresidente de la asociación, meses atrás.

Según el estatuto, las directrices que se darán a los fiscales serán elaboradas por el Consejo Honorario de Instrucciones que sesionará con un quórum mínimo de tres integrantes, pero que será presidido por el fiscal de Corte. Ese hecho es visto por algunos fiscales como evidencia de la concentración de poder del jerarca.

Dos semanas antes de que el proyecto se aprobara, el fiscal de Corte afirmó en la Comisión de Constitución Legislación y Códigos de Diputados que el problema actual -de una actuación sin instrucciones- es que se prioriza dependiendo del criterio de la persona que actúa: primero de la policía y después del juez. "Eso es lo que nosotros queremos revertir o entendemos que hay que revertir. Una institución de la sociedad uruguaya tiene que decidir a qué le va a dar prioridad, que no significa que no vaya a atender lo otro; si no, terminamos atendiendo solo la flagrancia, como sucede hoy", destacó.

En esa comparecencia ante legisladores Díaz usó como ejemplo la persecusión de integrantes de barrabravas. "En determinado momento, teníamos a cuatro fiscales actuando al mismo tiempo y la mano derecha no sabía lo que hacía la mano izquierda. Hubo que tratar de reunirlos y de coordinar para poder llevar adelante una línea de investigación. Lo vemos en un conjunto de casos. Perseguimos al autor del hurto pero nunca los mercados ilícitos que se abastecen con el producto de ese hurto. La respuesta es caso a caso. Agarramos al autor del hurto -o no lo agarramos- y nunca vamos a perseguir el mercado ilícito", indicó.

Una vez que se ponga en marcha el nuevo proceso penal, las fiscalías trabajarán por áreas. Habrá ocho dedicadas a delitos de flagrancia (cuando se agarra al delincuente cometiendo el delito); dos para casos de drogas; dos para investigar homicidios; otras para delitos complejos y delitos económicos y otras cuatro para atender los casos del viejo proceso -de los casos que continúen en trámite.

Fiscales controlados

El estatuto prevé la creación de una Unidad de Control Interno que supervisará el funcionamento de las fiscalías y podrá denunciar al fiscal de Corte las irregularidades que encuentre o que otros presenten, y estará dirigida por el fiscal letrado inspector. El estatuto establece que los fiscales "tendrán responsabilidad penal, civil, y administrativa por los actos realizados en el ejercidio de sus funciones".
Además establece que "podrán ser trasladados (de materia o ciudad) en cualquier momento si las necesiades del servicio así lo requieren".

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