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No deje finalizar diciembre sin analizar su situación fiscal

Hay ventajas que expiran en el mes de cierre de ejercicio
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21 de diciembre de 2016 a las 05:00
Por. Cr. Gonzalo Nión / gnion@kpmg.com

Algunos temas que deberán ser analizados por las empresas tanto de cara al cierre del año 2016 como a la presentación de las declaraciones juradas de IRAE e IP en el mes de abril de 2017:
  • Inflación –no se podrá computar en la liquidación del IRAE el tradicional ajuste por inflación fiscal, ello en la mayoría de los casos trae consigo un elevado costo impositivo, pero facilita medidas para abatir el impacto del IP.
  • Deducibilidad de costos/gastos en el IRAE – Recientes modificaciones en las normas fiscales prevén que un gasto se encuentra debidamente documentado cuando se cumplen las disposiciones formales dispuestas para el IVA. Es necesario implementar controles para asegurarse que se cumple, antes de enfrentar una inspección de la DGI.
  • Conjuntos Económicos – Se han dictado normas que hacen responsable a cada integrante del grupo de los adeudos tributarios de todos sus integrantes. Las empresas con algún grado de vinculación con otras deberán analizar la aplicabilidad de la figura y evaluar los mecanismos que permitan evitar o minimizar sus impactos.
  • Dividendos fictos – la nueva figura hace que deba tributarse el 7% sobre las utilidades no distribuidas con más de tres años de antigüedad a partir de ejercicios cerrados el 31 de diciembre. Se impone cuantificar el efecto y planificar decisiones para reducir el impacto.

Oportuna planificación fiscal

Es claro que la esencia de una eficiente planificación fiscal parte de la base de un oportuno y adecuado análisis de distintas alternativas que se pueden tomar, de forma de minimizar la carga impositiva. Así, la realización o evitación de determinadas operaciones puede provocar impactos favorables en la carga fiscal. A vía de ejemplo:
  • Adquisiciones y ventas de activos no gravados por el Impuesto al Patrimonio.
  • Adquisiciones de bienes de uso computables para la exoneración por inversiones y que pueden reducir el monto de dividendos fictos.
  • Adquisición de activos financiados con pasivos no deducibles para el Impuesto al Patrimonio.
  • Cancelación de pasivos no deducibles con activos gravados. Otro aspecto a evaluar es el impacto de operaciones a realizar tendientes a eliminar el pago del IP como responsable sobre pasivos con entidades del exterior. Existen casos en que se debe tributar sobre esos pasivos que sin embargo no son deducibles para la empresa responsable del pago, que deberían eliminarse antes del cierre. También se impondría cancelar pasivos gravados, aunque sean deducibles para la empresa, contra disponibilidades en el país, ya que el efecto neto es claramente favorable. Nuestros especialistas están en condiciones de asistirlos en esta tarea para lograr que sea lo más eficiente posible.

Claves

Planificación fiscal. Consiste en un oportuno análisis de distintas alternativas que se pueden tomar de forma de minimizar los costos impositivos.

Cambios normativos. Durante el año 2016 se produjeron importantes cambios en las disposiciones fiscales que deberán ser evaluados previo a la presentación de las declaraciones juradas.
equipo. KPMG cuenta con un equipo multidisciplinario integrado por contadores, abogados y escribanos con amplia experiencia en la materia, plenamente capacitado y a su disposición para ayudarle.

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