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Un "fallo histórico" que dejó a Presidencia en falso por "exceder sus cometidos"

El juez Aguirre ordenó a que Presidencia se abstenga de publicar contenido relacionado a las elecciones
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17 de octubre de 2019 a las 05:03

Pablo Mieres no podía ocultar la alegría. No lo pudo hacer antes de entrar a la audiencia y mucho menos después, cuando el juez de lo Contencioso Administrativo de cuarto turno, Carlos Aguirre, accedió al recurso de amparo interpuesto la semana pasada por el Partido Independiente (PI) y obligó a Presidencia de la República a despublicar de su portal institucional dos notas en las que ministros respondieron a discusiones electorales. Además, el magistrado ordenó a Presidencia, a través de su Secretaría de Comunicación Institucional, a que se “abstenga de subir a su página web publicaciones que tengan que ver con el acto eleccionario convocado”, según manifestó en el fallo de este miércoles. 

El secretario de Presidencia, Miguel Ángel Toma, aseguró a El Observador que la institución apelará. Sin embargo, esto no supone la suspensión de la medida que dictó el magistrado, así que el organismo deberá acatar, más allá de lo que determine el tribunal. Presidencia tiene tres días para presentar la apelación y el tribunal que la tome deberá pronunciarse en los próximos cuatro. 

A la salida del juzgado, Mieres calificó al fallo de "histórico" porque consideró que puso "freno a los abusos de poder". "Hay una sentencia inédita que no había existido hasta ahora. La presentamos en representación de todos los uruguayos para evitar que el ejercicio del poder, a veces alimentado por muchos años de mayoría absoluta, con la tentación de la soberbia lleva a que la Presidencia de la República haya usado de manera ilegítima el portal de Presidencia para hacer propaganda en plena campaña electoral", agregó el senador. 

El recurso se centró en las críticas del ministro de Trabajo, Ernesto Murro, a Azucena Arbeleche, asesora del candidato presidencial Luis Lacalle Pou publicadas en el portal institucional. La economista aseguró en una entrevista con el programa No toquen nada de Del Sol que en las reuniones que mantuvo con las calificadoras de riesgo pidió que no bajaran la nota de Uruguay porque no era lo mismo asumir el gobierno sin el grado inversor. 

Murro respondió a través de Presidencia y aseguró que las declaraciones de Arbeleche no le hacían “bien al país”, además de que llamaba “la atención” que se pudiera pensar que por obra de un partido político las “calificadoras más importantes del mundo” mantienen el grado inversor. Además, el ministro ratificó sus críticas en una nueva publicación de Presidencia con fecha del 8 de octubre. 

La "ofensa" hacia Toma

Al mismo tiempo, Toma presentó un recurso ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en el que pidió que Aguirre sea sancionado por referirse a él de forma ofensiva y atacarlo de forma directa. 

El jerarca se molestó porque en la audiencia del lunes el magistrado se refirió al secretario de Presidencia como alguien que no era "entendido en derecho". Sin embargo, el juez nunca lo nombró de forma directa. 

Cuando en la primera audiencia Aguirre propuso una conciliación entre las partes, la abogada de Presidencia, María del Carmen González, pidió salir de la sala para consultar a sus jerarcas. A su regreso, le transmitió al juez la negativa de Presidencia a conciliar y después de un breve intercambio en el que Aguirre pidió conocer los argumentos, la abogada dijo que eso era lo que le había transmitido el "secretario del presidente". 

“Se ve que no era alguien entendido en derecho a quien usted le transmitió”, le dijo Aguirre. Las palabras molestaron a Toma, que se sintió ofendido y pidió sanciones para el juez, ya que se expresó en un lugar donde había decenas de periodistas y no estaba él para defenderse. 

Los argumentos del juez

"La Secretaría de Comunicación Institucional de la Presidencia de la República no tiene el cometido de disentir o recoger dicho disentimiento, respecto de lo expresado por el representante de un partido político en campaña electoral",  aseguró en la sentencia el juez Aguirre como parte de la fundamentación de su decisión.

Un aspecto central para el juez fue la confirmación de que la Secretaría de Comunicación Institucional depende de la Presidencia de la República y su soporte es el presidente. La figura del mandatario, agregó Aguirre, "posee una posición institucional predominante" cuya intervención en la campaña electoral está vedada por la Constitución. 

"Admitir por vía oblicua publicaciones en las que se controvierten los dichos de los actores políticos con vías al acto eleccionario, conllevan e implican, cercenar la libertad de dichos partidos y sentar posición de la Presidencia sobre los hechos objeto de discusión", alegó el juez.

El magistrado también señaló que en su contestación Presidencia aludió a la existencia de "acciones judiciales y aún administrativas a intentar" no pudo "siquiera indicar una de ellas aplicable al caso, no obstante recurrir en forma estéril a citar jurisprudencia". 

Aguirre también citó parte del artículo 55 de la ley 18.362 que estableció la creación de la Secretaría de Comunicación Institucional como una unidad ejecutora de apoyo a la Presidencia. Conforme a esa norma, añadió el juez, la unidad se excedió en sus cometidos. "Importa la realización de solo aquello para lo cual está expresamente facultado, no pudiendo realizar actos ajenos a los fines para los cuales fue creado". 

La idea de presentar un recurso de amparo en contra del uso que Presidencia dio al portal institucional fue del periodista Gerardo Sotelo, novel dirigente del PI y candidato al Senado. El abogado Pablo Donnangelo dio el visto bueno y la agrupación política, con Mieres a la cabeza, lo presentó. 

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