Nacional - JUSTICIA
Aplicar nuevo proceso penal en forma progresiva “puede ser inconstitucional”
La Suprema Corte consideró que se puede generar una desigualdad entre los justiciables
Si bien el Código del Proceso Penal (CPP) está en el Parlamento desde hace dos años sin avances, el gobierno está decidido a promover su aprobación. Pero ahora surgió un nuevo escollo que deberá ser considerado en el debate parlamentario.
El CPP vendrá a implementar el sistema penal acusatorio en sustitución del inquisitivo de hoy, en el cual el fiscal dirigiría la investigación, el juez solo juzgaría y los juicios serían orales y públicos.
De acuerdo a un estudio realizado a fines del año 2010, la aprobación del proyecto demandaría un desembolso económico de
US$ 10 millones por año. Por ese motivo se pensó en aplicarlo en forma progresiva, de modo de empezar por algún departamento del interior y llegar a Montevideo al cabo de tres o cuatro años.
Sin embargo, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Daniel Gutiérrez, dijo a El Observador que si la norma se aplica en forma gradual y se aprueba así “puede ser considerada inconstitucional”.
El magistrado explicó que se puede entender que se le da un tratamiento desigual a los ciudadanos, porque en el departamento donde se aplique primero el CPP tendrían un tratamiento distinto al de los justiciables de Montevideo, quienes serían los últimos en recibir los beneficios del juicio oral y público.
El artículo 8 de la Constitución establece que “todos las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”.
Gutiérrez fue enfático en señalar: “No afirmo que esa norma sea inconstitucional pero aclaro que se podría plantear”.
La senadora Lucía Topolansky dijo a El Observador que se le pidió a la Suprema Corte de Justicia que respondiera si la implementación del nuevo Código del Proceso podía ser gradual o tiene que aplicarse de una sola vez.
Si bien hay ejemplos de otros países que lo aplicaron en forma progresiva como lo hizo Chile, ahora surgió el interrogante.
Hace dos años la Suprema Corte de Justicia había ideado un plan tentativo en el cual se planteaba la aplicación de la norma en un plan progresivo de cuatro años. De acuerdo con esa idea comenzaba por cinco departamentos del interior en los que sea menos costoso aplicarlo. Luego habría dos etapas, y en el año cuarto se aplicaría en Montevideo y Maldonado, los departamentos que requieren mayores costos por la cantidad de expedientes penales que manejan.
Censura internacional
El actual CPP mantiene al país estancado en materia de proceso y le ha valido varios reclamos internacionales de organismos como las Naciones Unidas y la OEA.
El último reproche internacional fue del ex relator especial sobre la Tortura de Naciones Unidas, Manfred Nowak, quien estuvo el 31 de marzo pasado en Uruguay y le reclamó al presidente José Mujica que haga “el mayor esfuerzo posible a su alcance para asegurar que el Código del Proceso Penal se apruebe en forma inmediata”.
El profesor de Derecho Internacional y Derechos Humanos, dijo a El Observador en esa oportunidad que a su juicio el actual sistema de prisión preventiva es la principal causa de hacinamiento y de todos los problemas derivados de este: violencia, muertes, motines, condiciones infrahumanas de vida, condiciones sanitarias pobres y falta de rehabilitación.
Nowak cuestionó principalmente que el “derecho uruguayo establece la prisión preventiva como regla en lugar de como excepción”.
En consecuencia, sostuvo que “una reforma del sistema penitenciario solamente puede tener éxito dentro del marco de una reforma integral de todo el sistema de Justicia penal”.
A su vez, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) insistió, en su Informe Anual 2011, en la necesidad de que el Estado uruguayo “complete” la reforma del proceso penal, para terminar con las excesivas penas de prisión preventiva para presos sin condena.
En ocasión de redactar el informe Nº 86 del año 2009, en el marco del litigio internacional iniciado por los hermanos Jorge, José y Dante Peirano Basso, había recomendado al Estado impulsar la reforma del proceso penal para evitar situaciones de extensión desmedida de las medidas de prisión preventiva.
Cambios drásticos
El nuevo sistema supone un cambio drástico en el proceso judicial que necesariamente acortará los plazos. Luego de escuchar a las partes en litigio, el juez podrá dictar procesamiento y condena en la misma jornada, algo que acortará sustancialmente el actual proceso en el cual primero procesa y al cabo de al menos un año condena.
Además requerirá una cuantiosa inversión para la designación de nuevos fiscales, cuyo papel cambiará sustancialmente pero también cargos de jueces y defensores.
En el sistema que vendrá, los jueces solo se encargarán de tomar las decisiones, ya que el peso de las investigaciones caerá en los fiscales. Esa característica determina que el nuevo régimen sea un “sistema acusatorio”, ya que los encargados de recabar las pruebas y realizar interrogatorios serán los fiscales.
La reforma además implicará importantes cambios edilicios ya que las audiencias serán públicas, con participación de víctimas, acusados y defensores. l
Proceso chileno es el modelo a seguir
Un grupo de seis jueces penales uruguayos viaja todos los años desde 2006 a Chile para interiorizarse en las características del Código del Proceso Penal (CPP). El código chileno es considerado “modelo” en América Latina. Chile fue el primer país de la región en instalar el modelo de juicio penal acusatorio, oral y público. Antes de la reforma, Chile tenía 27 jueces penales pero luego pasó a tener 270 magistrados.




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