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- SALUD

Ejecutivo habilitó aumentos de precios en las mutualistas

El nuevo decreto habilita a las mutualistas a aumentar tanto las cuotas como las órdenes y los tickets

El Observador - 02.02.2012, hs

El nuevo decreto aprobado por el Ejecutivo afirma que "se entiende oportuno y conveniente proceder al ajuste de las cuotas básicas de afiliaciones individuales, colectivas y tasas moderadoras, teniendo en cuenta las variaciones registradas en los costos y los aspectos vinculados con la accesibilidad de los usuarios a las prestaciones del Sistema".

Por lo tanto, las mutualistas podrán aumentar el valor de todas las "cuotas básicas de afiliaciones individuales no vitalicias, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos" y las "cuotas básicas de convenios colectivos", así como el valor de las llamadas "tasas moderadoras", o sea las órdenes y los tickets de medicamentos.

En el caso de las cuotas, el aumento no podrá superar el 2,74% los valores vigentes respectivos. En el caso de las órdenes y los tickets, el aumento no podrá ser superior al 1,49% de los valores actuales.

Cabe destacar además que aquellas mutualistas que cuenten con tasas moderadoras superiores a $ 1000 no podrán aplicar el incremento. En los demás casos, el valor resultante de la aplicación del incremento permitido a otras tasas no podrá superar dicha cifra.

Asimismo, se incrementó el valor de la cuota salud del Fondo Nacional de Salud (FONASA), así como el valor de la cuota salud para los hijos de los asegurados entre 18 y 21 años. Los incrementos serán de un 2,74%, tanto en el valor de cápita base (los diferenciadores de edad y sexo) como en el componente metas (que le otorga una bonificación a las mutualistas que cumplan con las metas de servicio establecidas).

Además, se fijaron los valores promedio tanto de las cuotas de afiliación individual (es decir, quienes no están cubiertos por el FONASA) como del Seguro Nacional de Salud: $ 1.442 y $ 1.502, respectivamente.