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Notificar de multas a través del IMPO es ilegal, según expertos

La comuna solo avisa personalmente a quienes tienen auto en Montevideo
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19 de diciembre de 2016 a las 05:00

A la fiscalización electrónica del tránsito a través del Centro de Gestión de la Movilidad (CGM) de la Intendencia de Montevideo (IMM) –que comenzó a regir el sábado 10 de diciembre– se le sumó otra novedad: la forma en la que se le notifica a quienes cometen una infracción que serán multados.

Históricamente, los conductores que no eran notificados personalmente de que habían cometido una infracción mientras circulaban, se enteraban cuando iban a pagar la patente ya sin posibilidades de hacer descargos. Varios juristas opinaban que se trataba de un acto inconstitucional porque no se le daba la posibilidad al afectado de recibir un aviso en tiempo y forma para realizar los descargos.

Desde el sábado 10, la comuna capitalina comenzó a emitir una notificación –luego de que la infracción fue verificada por un inspector– que llega al conductor por correo al domicilio registrado en la IMM. Para el abogado constitucionalista Martín Risso, ese cambio implica que se termine con la inconstitucionalidad que presentaba el régimen anterior.

Sin embargo, hay un detalle: la comuna solamente puede enviar la notificación a quienes tengan domicilio registrado dentro de Montevideo.

Para las personas que tienen sus autos matriculados en el interior, la infracción es publicada en el Diario Oficial, que puede verse a través del IMPO. Para esos casos, expertos en derecho administrativo y constitucional consideran que sigue existiendo un acto inconstitucional por parte de la comuna capitalina.

En diálogo con El Observador, el abogado Adrián Gutiérrez afirmó que el artículo 317 de la Constitución indica que actos administrativos de ese tipo deben ser notificados personalmente y no "que sea la persona la que tenga que ir a una página web a fijarse si se le aplicó o no una multa" ante la sospecha de que cometió una infracción. "El mecanismo de la IMM no es legítimo porque se entera cuando se va a pagar la multa. No se tiene que enterar genéricamente", afirmó.

La nueva forma de notificar establece que al entrar a la web de la Intendencia se puede ver la foto de la infracción. La normativa dispone, como lo hacía la anterior, que existen 10 días para que el involucrado presente los descargos que crea necesarios y una vez transcurrido ese período la comuna enviará una resolución. Ahí, la multa ingresa al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive).

En la misma línea, el abogado Miguel Pezzutti, experto en derecho administrativo y tributario, señaló que con la nueva forma de fiscalizar, que es por medios electrónicos, "ni siquiera existe la posibilidad de controlar la existencia de determinados supuestos".

Para Pezzutti, una diferencia entre la multa con cámaras y con inspectores es que el inspector puede explicar en el momento por qué se lo está multando, es decir, cuál es la infracción que cometió.

En el caso de la fiscalización electrónica, la persona conoce cuál es la infracción cuando le llega la notificación a su domicilio si tiene el auto empadronado en Montevideo o si entra al IMPO en el caso de que la matrícula sea de alguna localidad del interior.

Pezzutti aclaró que eso no significa que la forma en la que se fiscaliza sea ilegal, pero en el caso de los que no tienen su auto empadronado en Montevideo "no sigue el procedimiento con base constitucional y como corresponde".

La vista previa

Tanto él como Gutiérrez destacaron que el mayor problema es que primero se aplica la multa y luego se avisa al involucrado.

"De alguna manera ni siquiera existe la posibilidad de controlar la existencia de determinados supuestos. El problema es el de la vista previa, porque todo el sistema reposa sobre la idea de que te podés defender después de que te sancionaron. Y la idea es al revés. Notificar en domicilio es menos malo pero el problema más grave es que notifiquen después de la multa está aplicada", dijo Pezzutti.

El año pasado, el responsable de Asesoría Jurídica de la IMM, Ernesto Beltrame, había dicho a El Observador que , debido a que hay un "bien jurídico superior que es cuidar la vida" se justifica que por medios electrónicos "si alguien cruza en rojo, (se debe) multar", aunque no exista notificación de la sanción.

 
 

Fiscalización

 

Control con cámaras
Desde el 10 de diciembre la Intendencia de Montevideo comenzó a fiscalizar el tránsito a través de cámaras, que se gestionan desde el Centro de Gestión de Movilidad (CGM).

Desde ese centro, con el que se busca mejorar la fluidez en la circulación, disminuir los tiempos de viaje y mejorar la seguridad vial, se controlan 180 cruces de semáforos, con 55 cámaras para monitoreo de tránsito y 170 cámaras para conteo de vehículos. Además se reciben denuncias por autos mal estacionados o que impiden el tránsito, se manda guinches y se planifica la movilidad de la ciudad.

¿Dónde se fiscaliza?
Son 30 los cruces en donde la intendencia controla la velocidad y, en caso de que haya semáforo, los cruces con luz roja.

En la primera etapa de fiscalización, las cámaras se encuentran ubicadas en rambla Sur y zonas anexas, avenida Italia, bulevar Artigas, avenida General Flores, avenida 8 de Octubre, avenida General Rivera, avenida De las Leyes, avenida Sarmiento y 26 de Marzo.

Actualmente, son 150 los cruces con semáforo conectados al CGM, de los 660 que hay en la ciudad.

¿Cuándo aplica la multa?
En el caso de los controles de velocidad, la Intendencia de Montevideo estableció un umbral de 10 kilómetros por hora de tolerancia. Si bien en un primer momento se había asegurado que se controlaría según la velocidad establecida, se definió finalmente establecer un margen. Esto se debe a que los equipos tienen un margen de error, y lo mismo sucede con el velocímetro de los vehículos.

Para el cruce con luz roja, la multa aplica cuando se constata que el vehículo no respeta un semáforo e ingresa al cruce con luz roja desde el inicio del cruce peatonal. Para el caso de ambulancias, la multa se descarta porque se presume que va a una emergencia.

El proceso de la sanción
Una vez que la cámara detecta la infracción, la foto se envía a un grupo de inspectores que evalúan si aplica o no una sanción. Si la falta se corrobora, la intendencia emite una notificación para dar vista al propietario del vehículo: a los empadronados en Montevideo con domicilio registrado le llegarán por el Correo a su domicilio. Para los que no tienen la dirección registrada o los vehículos están empadronados en el interior, las notificaciones se publican en IMPO.

Luego de ser notificado, conductor dispone de 10 días para apelar. Y luego se emite una resolución aplicando la multa y se carga al Sucive.

Costo de las multas
Por cruzar o girar con luz roja al frente, corresponde una multa de 5 unidades reajustables ($ 4.649).

En tanto, el valor de las multas por exceso de velocidad es de 8 unidades reajustables ($7.438).

 

 

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