Uno de los resultados más notorios de las reuniones de la comisión de seguridad que encabezó el presidente Tabaré Vázquez junto a integrantes de todos los partidos políticos con representación parlamentaria, fue la elaboración de un proyecto de ley que prohíbe que quienes sean reincidentes de delitos graves obtengan la libertad provisional, condicional y anticipada. El proyecto fue aprobado en el Parlamento en julio de este año y es cuestionado tanto por la Suprema Corte de Justicia (SCJ), como por abogados expertos en derecho penal.
El presidente de la SCJ, Ricardo Pérez Manrique, dijo en entrevista con El Observador que el máximo órgano de la Justicia no solo está en contra de la ley que modifica la libertad anticipada, sino que "si hay libertades anticipadas, que son las que puede dar la Corte, se darán a pesar de lo que dice la nueva ley".
Sin conocer aún la postura de la Corte, la Comisión de Derecho Penal del Colegio de Abogados del Uruguay (CAU), elaboró un informe para entregar al directorio del CAU que va en la misma línea que Pérez Manrique, en el que critica específicamente el artículo 1º de esa ley. Los penalistas integrantes de esa comisión consideran que "con este marcado cambio de rumbo no se priorizan las posibilidades de la adecuada reincorporación del recluso a la sociedad". Por el contrario, afirman que como los reincidentes no tendrán "posibilidad alguna de reducción de pena por estudio, trabajo, buena conducta y demás beneficios (que son derechos del recluso), sentirán mayor rencor y odio hacia la sociedad", lo que "conllevará el aumento de la violencia y mayor desprecio por la vida".
A su vez, afirman que la puesta en marcha de la nueva ley "no implicará menos delitos ni víctimas, pues los problemas sociales y educativos, así como la crisis de valores que condicionan o llevan al delito a ciudadanos no cambiará por esta mayor punición". "Aunque se les prive por más tiempo de la libertad o se les restituya al estado reclusorio, es dable adelantar que serán sustituidos por otras personas que delinquirán de similar forma o peor", dice el informe, firmado por el presidente de la Comisión de Derecho Penal, Germán Aller, y que fue incluido dentro de la publicación "Tribuna del Abogado" de diciembre.
Pérez Manrique, por su parte, criticó el artículo 19 de la ley, que indica que es de aplicación inmediata hasta que empiece a regir el nuevo Código del Proceso Penal, en julio del año que viene. "¿Qué quiere decir que una ley es de aplicación inmediata? Que se tiene que aplicar a los expedientes en trámite. Pero si estoy en la cárcel por dos rapiñas y el legislador me dice que debo aplicarla de forma inmediata, voy a tener que cumplir toda la condena cuando fui procesado, condenado y estoy cumpliendo la pena desde antes de aprobarse la ley", explicó.
En una resolución de la SCJ firmada ayer por Pérez Manrique y los ministros Elena Martínez y Jorge Chediak, los magistrados señalan que a las personas reincidentes "se les priva de un derecho que tenían cuando inició la causa". Según indican, con la aplicación de la ley "se desconocen garantías mínimas en un Estado de derecho".
El director general de secretaría del Ministerio del Interior, Charles Carrera, criticó las declaraciones del presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique, sobre la ley de libertad anticipada.
En declaraciones a radio M24, Carrera dijo que le sorprendieron los dichos de Pérez Manrique. "¿No será 28 de diciembre, el Día de los Inocentes?", comentó el jerarca. Para Carrera, "las leyes se tienen que aplicar", ya que la única forma de que eso no suceda es si la norma se declara inconstitucional, lo que no está planteado.
Carrera afirmó que para su cartera se trata de una ley "importante" para la disminución de la rapiña y de los delitos violentos. Agregó asimismo que fue votada por todo el sistema político y que es compartida por la ciudadanía, por lo que la oposición debería "exigir el cumplimiento" de esa norma.
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