Opinión > OPINIÓN/ OSCAR BOTTINELLI

Problemas en la cuota de sexo

Los cambios en el curso de la Legislatura pueden variar la cuota efectiva
Tiempo de lectura: -'
12 de febrero de 2017 a las 05:00
La cuota de sexo exige una previa definición de cuatro puntos: en qué consiste la proporción; si se busca una proporcionalidad de candidaturas o una proporcionalidad de resultados; cuál es la prioridad entre las diferentes variables (partido, sexo y, en Diputados, departamento); y cómo debería ser la emisión del voto.

A partir de allí surge un tema de fundamental importancia, que impactó en la presente Legislatura: las modificaciones de los efectos electorales en la correlación de sexos, producto de las modificaciones en la composición de los cuerpos parlamentarios. La modificación se produce cuando una legisladora mujer es remplazada por un hombre, o un legislador hombre es reemplazado por una mujer.
Para ver el tema mejor, conviene analizar lo ocurrido en estos dos primeros años de la actual Legislatura en el Senado, entre la proclamación efectuada por la Corte Electoral y la composición titular actual (permanente o condicional) del cuerpo. (Ver tabla de variaciones).

De la tabla surge con claridad que se ha producido el cambio de la titularidad en 11 bancas, algo más de la tercera parte del cuerpo (36,3%). De ellas en 7 bancas se mantuvo el mismo sexo (36,3% de las bancas cambiantes, 13,3% del total del cuerpo): 4 en FA y 3 en PN. En 4 bancas hubo cambio de sexo: 2 en sentido de salida de mujeres y entrada de hombres (1 en PN y 1 en PC) y 2 en sentido inverso, salida de hombres y entrada de mujeres (ambas en FA).

El saldo es suma cero, la cantidad de hombres y mujeres titulares en la composición presente del Senado es la misma que la resultante de la proclamación por la Corte Electoral. En síntesis el resultado es suma cero en el conjunto del cuerpo.

Hay en cambio variaciones en las listas: El Espacio 609 gana 1 mujer (pasa de 4-2 a 3-3), el Espacio Socialista gana 1 mujer y elimina la representación masculina (pasa de 1-1 a 0-2), Todos Hacia Adelante pierde 1 mujer (pasa de 4-2 a 5-1) y la lista de Vamos Uruguay pierde 1 mujer y elimina la representación femenina (va de 2-1 a 3-0).

Ahora bien, en el caso de que se considere deseable no variar la representación de sexo en una misma banca, debe prestarse mucha atención al tema de los sistemas de suplentes. El tema puede resultar muy aburrido, pero es de enorme importancia en el impacto del tema.

En primer término hay dos tipo de sistemas de suplentes: uno, el que surge de una única ordenación de candidatos, los cuales son se diferencian entre candidatos titulares y candidatos suplentes, sino que resultan suplentes los candidatos no electos, por su orden; este sistema se llama "preferencial".

Dos, los que surgen de dos ordenaciones de candidatos, una de candidatos titulares (que en la definición teórica solo pueden ser elegidos titulares y nunca convocados por vía de suplencia) y otra de candidatos suplentes (que nunca pueden ser elegidos titulares sino convocados por vía de suplencia, aunque por esta vía pueden devenir en titulares).

Los sistema de doble ordenación son en principio dos: El ordinal (los suplentes son convocados por el orden que están en la nómina de suplentes) y el respectivo (los suplentes en primer término lo son de un titular específico); a ello cabe agregar el relativamente nuevo sistema mixto, que en realidad no es un sistema diferente, sino una aplicación ecléctica del sistema respectivo.

Va de suyo que si los hombres deben ser sustituidos por hombres y las mujeres por mujeres, no puede haber un tipo de ordenación única, por lo que desaparece el sistema preferencial. Este postulado conduce inexorablemente a la existencia de dos ordenaciones de candidatos: una de hombres y otra de mujeres; no puede haber una ordenación mixta, lo cual también elimina el sistema ordinal.
Cabe entonces la pertinencia del sistema respectivo, siempre que los respectivos suplentes de un hombre sean hombres y los de una mujer sean mujeres. Y cabe la creación de una nueva variante de doble ordenación, que sería una especie de doble preferencial: una única ordenación de hombres, donde los no electos devienen suplentes, por su orden; y una única ordenación de mujeres, donde los no electores devienen suplentes.

Ahora bien, los efectos son diferentes en listas plurinominales (que obtienen varias bancas) que en las uninominales (que obtienen una sola banca), porque en éstas el primer titular determina cuál va a ser el sexo exclusivo y excluyente de representación de la lista. El efecto es más marcado en el interior del país, al menos en 15 departamentos, donde inexorablemente se elige un solo diputado por partido (por lema).

En tal caso el efecto es, y el elector debe ser advertido, que si el titular de la lista más votada es un hombre, por ese partido en ese departamento no pueden ingresar mujeres en toda la legislatura, y a la inversa, si el primer titular es una mujer, por ese partido en ese departamento no pueden ingresar hombres. Este es un efecto complicado a atender al combinar la variable cuota por sexo, con las variables representación partidaria y subpartidaria, con la variable representación territorial.

Lo más importante es que los legisladores deben tener una absoluta claridad de qué objetivos se persiguen, qué se quiere, saber con total precisión los efectos combinados, y redactar las normas con extrema precisión. l

Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...