Fernando Sganga y José Olascuaga en la conferencia de prensa del MGAP.<br>

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Productores exonerarán el pago de la Contribución Inmobiliaria

La asistencia alcanza al segmento de producción familiar y por hasta 50 ha
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17 de febrero de 2016 a las 05:00
Los productores familiares que tramiten la certificación de tal condición ante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) podrán exonerar ante las intendencias departamentales el pago de la Contribución Inmobiliaria por las primeras 50 hectáreas, por lo que quienes tengan esa cantidad o menos área gozarán de la exoneración total del tributo.

Esto es consecuencia de lo dispuesto en el artículo 681 de la ley 19.355 de Presupuesto Nacional aprobada en diciembre.

Ya son 26.707 los productores familiares registrados, estimándose que son 90% del total. De los registrados, 98% están comprendidos en el beneficio, ya que tienen como máximo 200 ha en sus explotaciones (2% posee entre 200 ha y 500 ha).

El certificado es emitido por el MGAP a través de la Dirección General de Desarrollo Rural (DGDR), es voluntario y para conseguirlo el productor debe integrar el Registro de Productores Familiares de la DGDR. El trámite se puede realizar ya en las oficinas del MGAP, al presentar la cédula de identidad y está previsto que desde marzo se pueda hacer ingresando al portal web del MGAP.

Que la exoneración rija desde este año dependerá de los plazos de cada intendencia, se informó en conferencia de prensa realizada en el MGAP para difundir la resolución, a cargo de José Olascuaga, director de la DGDR, y Fernando Sganga, encargado del registro de productores familiares.

Los productores familiares ya registrados ante el MGAP son 26.707.

La exoneración no se obtiene con la sola tenencia del certificado de productor familiar, dado que cada intendencia demanda un conjunto de documentos, siendo ese uno más; hay que consultar en las comunas qué presentar.

Si bien no depende del MGAP, seguramente cada comuna otorgará el beneficio siempre y cuando el productor esté al día con sus obligaciones de pagos.

Olascuaga recordó que para ser considerado productor familiar hay que registrarse en el MGAP; residir en el predio de la explotación o a no más de 50 km; contar con hasta dos asalariados permanentes o su equivalente en zafrales (los rubros hortícola, frutícola o vitivinícola pueden tener hasta un total de 1.250 jornales zafrales contratados); el ingreso nominal mensual extrapredial de todo el núcleo familiar (generado fuera de la actividad productiva agropecuaria) no debe ser superior a 14 BPC (actualmente $ 46.760); y deberá explotar, bajo cualquier forma de tenencia, hasta 500 hectáreas Coneat 100.

La declaración jurada que los productores familiares deben presentar para ser registrados como tales tiene una vigencia de cinco años. Vencido ese período, para no ser dado de baja hay que hacer una nueva declaración.

Para concretar el registro los productores deben llevar a las oficinas del MGAP la declaración jurada, cuyos datos deberá actualizar en caso de existir modificaciones aunque no venza el plazo indicado, junto con las fotocopias de las cédulas de identidad de todo el núcleo familiar; certificado de residencia; fotocopia del último recibo de pago al BPS; fotocopia de la declaración jurada de Dicose y/o colmenas en caso de que tenga animales o colmenas; y el número de padrón donde realiza la actividad productiva.

Por informaciones adicionales hay que concurrir a las oficinas del MGAP o escribir a [email protected].

Los productores familiares registrados accederán a diversos beneficios: prioridad para acceder a planes de Mevir y del Instituto de Colonización, exoneración del gravamen de UTE en redes donde hay radio base ANTEL y para quienes exploten hasta 200 ha Coneat 100 –sin asalariados permanentes– un subsidio de 50% del aporte patronal mínimo al BPS.

Perfil productivo


Hay 26.707 productores familiares registrados, 15.447 hombres y 11.260 mujeres, informó Fernando Sganga. El 25% está en Canelones –5.794– y otros departamentos con mayor presencia son San José, Lavalleja y Cerro Largo. La mayoría de los registrados con menos de 200 ha (53%), beneficiarios de la exoneración, son ganaderos, productores de carne y lana; 20% son productores intensivos en horticultura, fruticultura y vitivinicultura; 14,5% son lecheros; y con menos impacto aparece la producción animal intensiva en granja, de cerdos y aves, con 3,5% y la apicultura también igual porcentaje.

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