La lista 771 y el Partido Comunista presentaron un proyecto de ley para socorrer a los cooperativistas que no puedan pagar las cuotas de sus casas permitiéndoles subsidiarlas por un plazo que puede superar el año.
Así, quienes prueben que no están en condiciones de abonar las erogaciones podrán acogerse a la ley que establece que la cuota no podrá superar el 25% de los ingresos líquidos del núcleo familiar.
En la propuesta firmada por los diputados Felipe Carballo (Lista 711) y Gerardo Núñez (Partido Comunista) se considera al ingreso líquido por familia a la suma de los ingresos totales por cualquier concepto.
Para definir el porcentaje del monto de afectación, se tomara en cuenta la cantidad de integrantes del núcleo familiar y la unidad de canasta básica de alimentación definida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) o indicador similar que cumpla con los mismos objetivos. El ingreso líquido de la familia se medirá en canastas básicas de alimentación de acuerdo al lugar de residencia del solicitante", dice el proyecto.
El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) deberá contestar a la solicitud de subsidio en un plazo máximo de 90 días. A partir de la aceptación de la solicitud por parte del Ministerio, el solicitante abonará la cuota aplicando el subsidio solicitado según el porcentaje de afectación definido.
Transcurridos los 90 días desde el ingreso de la solicitud y en caso de no existir resolución por parte del MVOTMA, el subsidio se considerará aprobado tácitamente desde la fecha de su presentación.
"El subsidio a la cuota que fuere aprobado, tendrá como plazo máximo de vigencia un año desde la fecha de su solicitud. El subsidio a la cuota podrá ser revisable periódicamente por el MVOTMA, para confirmar o modificar el subsidio oportunamente concedido, aplicándose a tales efectos los mismos criterios que determinaron su otorgamiento. Si vencido el año por el cual se otorgó el subsidio, el adjudicatario probara que aún mantiene las condiciones que fundamentaron el otorgamiento del mismo, podrá solicitar su renovación de acuerdo a la presente ley, tantas veces como sea necesario, durante todo el proceso amortizante", señala la iniciativa.
Si durante el año de vigencia del subsidio, el ingreso liquido del núcleo familiar aumentara o disminuyera en un porcentaje igual o superior al 20 %, el beneficiario deberá notificar dicho cambio al MVOTMA, quien tendrá la potestad de modificar o no el subsidio otorgado.
El adjudicatario del subsidio a la cuota podrá en cualquier momento renunciar voluntariamente al beneficio obtenido.
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