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Quince conductores multados con menos de 0,3 de alcohol en sangre

Fueron 130 las espirometrías positivas, 22 derivadas a Ley de Faltas
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16 de enero de 2016 a las 05:00
En la primera semana de fiscalización de la ley de tolerancia cero al alcohol, fueron 15 las personas que presentaron menos de 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre. De no haberse aprobado la ley, no hubieran cometido infracción de acuerdo a la norma que regía hasta diciembre pasado.

Luego de varias discusiones parlamentarias y críticas de la oposición por considerarlo una ley seca, a fin de año finalmente se aprobó la ley de tolerancia cero al alcohol para todos los conductores y desde el 9 de enero comenzaron los controles y multas.

La ley 19.360 establece que "todo conductor estará inhabilitado para conducir vehículos de cualquier tipo o categoría que se desplacen en la vía pública, cuando la concentración en sangre o su equivalente en términos de espirometría sea superior a 0,0 gramos por litro". El límite hasta el momento era de 0,3 para todos los conductores, salvo los profesionales.

Sin embargo, las cifras muestran que en la mayoría de las espirometrías, el problema sigue estando entre aquellos que superan el 0,3. Según cifras del Sistema Nacional de Conductores Suspendidos, desde que comenzaron los controles hasta el 14 de enero, solo 15 de los 130 conductores suspendidos por espirometrías positivas contenían valores de alcohol en sangre mayores a 0,1 y menores a 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre. Es decir que poco más de 1 de cada 10 espirometrías positivas (11,5%) entraron en la nueva ley. La multa que corresponde a conducir con alcohol en sangre es de 15 unidades reajustables, que equivale a $ 12.683. Además, se inhabilita al conductor entre seis meses y un año para manejar. En tanto, 109 de las inspecciones arrojaron resultados de alcohol iguales o mayores a 0,3. De ese total, 22 casos fueron derivados a un Juzgado de Faltas, ya que superaron los 1,2 gramos establecidos en la Ley 19.120, y podrán ser castigados con una pena de entre siete a 30 días de trabajo comunitario. En uno de los casos, el conductor presentó 3.1 gramos de alcohol en sangre, lo que se considera un estado crítico, de ebriedad profunda y en el que "se pierde paulatinamente la conciencia como antesala al coma y principio del riesgo de muerte".

En los 6 casos restantes, se trata de conductores que se negaron a realizar la espirometría o cuya licencia fue suspendida por presencia de cannabis. Si la persona se niega a hacer la prueba y si evade el control, se toma como si el resultado fuera positivo, y le corresponde una sanción por 100 UR ($84.557).

El porqué de la ley

La intención de la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev) con el impulso de esta ley era disminuir la incidencia del alcohol como causante de los siniestros de tránsito, que según aseguró el presidente, Gerardo Barrios, bajaron notoriamente con las anteriores disminuciones de 0,8 a 0,5 gramos y luego a 0,3 gramos por litro de sangre, que era el valor que regía hasta ahora. Barrios afirmó además que aunque la persona no lo detecte, con 0,1 gramos de alcohol en sangre ya se registran efectos en la conducción.

Para la Unasev "existe una muy clara correlación entre el aumento de la presencia de alcohol y la gravedad del siniestro" y según datos de 2014, mientras que el porcentaje general de conductores con presencia de alcohol en siniestros es del 6%, en los siniestros fatales se supera el 15%.

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