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Rechazan por "improcedente" reclamo de sindicalista de Pluna

Expresidente del gremio, Fernando Alberti, exigió US$ 100.000 por acuerdo secreto con Campiani
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13 de junio de 2016 a las 05:00
La Justicia cuestionó el proceder del expresidente del sindicato de la liquidada Pluna, Fernando Alberti, quien se presentó como acreedor en el concurso de la empresa reclamando una deuda de US$ 100 mil producto de un "acuerdo confidencial" que había firmado en 2012 con el entonces gerente general de la aerolínea, Matías Campiani.

El empresario, meses después fue imputado por estafa debido a su gestión en la compañía.

El 22 de mayo de 2012, casi dos meses antes de que Pluna entrara en concurso, Alberti -que había sido sumariado por irregularidades en la venta de pasajes- acordó un despido de $ 104 mil. Pero, en paralelo, firmó un "acuerdo confidencial" que por el mismo concepto le aseguraba un cobro de US$ 250 mil, de los cuales percibió US$ 150 mil y los restantes US$ 100 mil los recibiría en seis cuotas trimestrales.
Pluna se declaró en concurso y eso hizo que no se pagaran las cuotas, pero el expresidente del sindicato de Pluna se presentó en el expediente concursal reclamando la deuda de US$ 100 mil generada por el acuerdo secreto que había firmado con Campiani.

Ante eso, a mediados de 2014, la Asociación Uruguaya de Peritos (que ejerce la sindicatura en el concurso de Pluna) entendió que no corresponde el pago reclamado por Alberti dado que la indemnización por despido debió ser de US$ 14.400 y no de US$ 250 mil, una suma "17 veces superior".

Improcedente

Disconforme, Alberti impugnó la decisión de la sindicatura pero la jueza de concursos, Sylvia Rodríguez ,rechazó el planteo al considerar que el reclamo es "absolutamente improcedente" aunque entendió que no existió "mala fe o dolo".

"No obstante, sí se advierten groseramente vulnerados los principios de lealtad y buena fe procesales, así como el respeto que se deben entre sí los litigantes, al asumirse una conducta que no se ajusta al decoro y la dignidad de la Justicia, en tanto se compareció ante la Justicia Laboral requiriendo la homologación de una transacción pero ocultando la existencia de una posterior basada en aquella, pretendiendo luego hacer valer esta última en el concurso en trámite", dice la sentencia -a la que accedió El Observador- al analizar el proceder judicial de Alberti.

Eso porque el exsindicalista primero firmó la indemnización por despido por $ 104 mil pero horas después, el mismo día, suscribió con Campiani otra compensación en el marco de un "acuerdo confidencial" por US$ 250 mil.

El fallo fue dictado el 18 de mayo pero ya fue apelado por Alberti. Si la sentencia es confirmada en segunda instancia, el exsindicalista estaría obligado a reintegrar al concurso de Pluna unos US$ 135 mil y también debería pagar los honorarios de los abogados de la sindicatura.

En el marco de este litigio entre Alberti y los síndicos que actúan en el concurso de Pluna, declaró meses atrás como testigo el presidente del PIT-CNT, Fernando Pereira, quien aseguró que la central sindical "desconocía la existencia del segundo acuerdo" firmado entre el expresidente del gremio de la aerolínea y la empresa, según el alegato presentado por la sindicatura a la jueza Rodríguez.

Sindicatura reclama US$ 52 millones

La Asociación Uruguaya de Peritos, que ejerce como síndico en el concurso de Pluna y por tanto representa los intereses de la masa de acreedores, tiene en curso un juicio por US$ 52 millones contra el consorcio Leadgate (que lideró el empresario argentino Matías Campiani y controló la empresa entre 2007 y 2012) por capitalizaciones impagas en ese período.

Los acreedores de la histórica aerolínea reclaman créditos impagos por más de US$ 200 millones.

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