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Sacudón al esquema del TV digital: fallo dio la razón a Clarin

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo entendió que se le quitaron irregularmente ondas a Cablevisión
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29 de julio de 2015 a las 05:00

Un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) le dio la razón a la empresa Cablevisión (propiedad del grupo Clarín de Argentina) que reclamó la nulidad de un decreto emitido en mayo de 2012 por el gobierno de José Mujica (2010-2015) por el que el Poder Ejecutivo le quitó ondas del espectro radioeléctrico para brindárselas a servicios de televisión digital.

La sentencia del TCA, dictada el 11 de junio, hizo lugar al reclamo de Cablevisión —que ofrece televisión para abonados en Montevideo y Canelones— y anuló el decreto 153/2012, que regula los procedimientos para conceder autorizaciones para brindar servicios de televisión digital.

La resolución judicial, que no puede ser apelada por el Poder Ejecutivo, puede afectar seriamente el esquema de asignación del espectro radioeléctrico diseñado para habilitar las nuevas señales de televisión digital abierta, dijo a El Observador una fuente del Ministerio de Industria. La decisión puede generar un gran problema, resumió el informante.

El fallo del TCA es el tercero que se genera entre Cablevisión (Bersabel S.A) y el Poder Ejecutivo. Es que la compañía de capitales argentinos reclamó la nulidad de una trilogía de decretos dictados por el gobierno entre 2011 y 2012 mediante los que, por un lado, se le acotó a esa empresa la cantidad de ondas que podría usar y, por el otro, asignó frecuencias del espectro para ser destinados a la señal celular LTE.

"El decreto impugnado en autos es el último aprobado por la Administración en relación a las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo a fin de reorganizar el espectro radioeléctrico para la implementación de la televisión digital", dice el TCA.

En su recurso, Cablevisión argumentó ser víctima de acciones discriminatorias de parte del Poder Ejecutivo ya que, según planteó, topeó sus señales en un máximo de 80 pero sin que esa restricción se aplique a sus competidoras en el mercado. En su acción de nulidad, la empresa cuestionó al Poder Ejecutivo por haber montado una "escalada persecutoria" en su contra.

En busca de una solución al conflicto con Cablevisión y ante otro fallo del TCA de setiembre de 2014 que había sido favorable a esa compañía, el 27 de febrero (dos días antes de dejar la Presidencia a Tabaré Vázquez) Mujica firmó el decreto 82/015 que, entre otras cosas, le asignó a esa empresa seis señales para emitir en digital.

Vista previa

El argumento del TCA para anular el decreto 153/2011 es que el Poder Ejecutivo no le dio la posibilidad a Cablevisión de hacer sus descargos ante esa disposición.

"A bien se observe detenidamente el contenido del decreto impugnado, se advierte que el mismo asigna a otros destinatarios las frecuencias radioeléctricas que le fueron quitadas a la parte actora (Cablevisión). Resulta indudable su contenido lesivo, por lo que debió habérsele conferido necesariamente la vista previa", dice el fallo del TCA.

Agrega que esa misma dificultad se registró en relación a los otros dos decretos que implicaron a la empresa, que vio vulnerado su derecho de defensa.

"Este derecho viene siendo reiteradamente desconocido o ignorado por el Poder Ejecutivo y tal circunstancia configura un vicio grave que acarrea la nulidad del acto impugnado", sostiene la sentencia.

El TCA también explica que el daño a Cablevisión ya se consumó más allá de que con un decreto posterior (el firmado por Mujica el 27 de febrero) el gobierno haya buscado subsanar la irregularidad de la necesaria vista previa.

"Su omisión acarrea la nulidad del acto, sin perjuicio de que la Administración recomponga su actuación, dictando a la postre, un nuevo acto administrativo", afirma la resolución del TCA.

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