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Un centenar de médicos alegan que la reglamentación del aborto no respeta la objeción de conciencia

Los especialistas sostienen que la reglamentación se contradice con la ley
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07 de diciembre de 2012 a las 13:05

Unos 100 médicos de todo el país, agrupados en la asociación “Médicos por la Salud y la Vida”, presentaron este viernes un recurso contra el decreto 375/2012, que reglamenta la ley del aborto.

En el recurso, los médicos dejan en claro como que “aplicadores directos de la norma que se impugna” y por ser las “personas directamente afectadas por el acto administrativo”, se sienten en la obligación de denunciar “algunas graves ilegalidades de forma y de fondo que presenta el decreto impugnado”.

Objeción de conciencia
En primer lugar señalan que el decreto “pretende limitar derechos fundamentales garantizados por la Constitución”, como es la “independencia de la conciencia moral y cívica de todo trabajador dependiente” (art. 54). Afirman que los art. 28 y 29 del decreto, donde se establece que la objeción de conciencia solo es válida para abstenerse de participar directamente en la realización de un aborto de lago otras situaciones comprometidas, como derivar a la mujer al equipo interdisciplinario.

“Queda claro pues que la objeción de conciencia queda restringida a la ejecución del aborto y al personal que participa directamente en dicha ejecución. Existen otros aspectos de la Ley a los cuales el personal de salud implicado podría interponer su objeción de conciencia, y dicho derecho queda explícitamente excluido en este decreto”, argumentan.

Agregan que la objeción de conciencia también queda excluida cuando se obliga al personal objetor a realizar el aborto, si el médico tratante entiende que atenta contra la salud de la madre.

“Es de orden salvaguardar siempre la vida de la madre, pero el decreto define arbitrariamente el concepto de “grave riesgo para la salud”, eliminando el término “grave”” e incluyendo “cualquier caso de riesgo para la salud bio-psico-social de la madre, ya sean estos graves o no”, afirma el recurso.

Contradicciones con la ley
Los médicos también afirman que “el decreto contiene reiteradas ilegalidad que contradicen en forma contumaz lo dispuesto por la propia ley 18.897”. Advierten que “como médicos no podemos poner en práctica disposiciones dictadas por una norma inferior que a nuestro entender van en claro contrasentido de lo dispuesto por una norma superior”.

Al respecto, mencionan que si bien “el espíritu de la ley era brindar a la mujer un espacio de contención, donde pudiera valorar alternativas, que incluso la puedan llevar a desistir del aborto (…) el decreto contradice tanto la letra como el espíritu de la ley”.

Sostienen que aunque el equipo interdisciplinario debe dar a la mujer alternativas al aborto, como la posibilidad de adopción, “estos cometidos se omiten dentro de los deberes que deben cumplir los profesionales integrantes del equipo”.

“El decreto restringe de tal modo los cometidos de este equipo asesor, que no da lugar a que la mujer pueda recibir este tipo de asesoramiento, y convierte a la comisión en un mero preámbulo del aborto”, agrega el recurso.

Se advierte además que el decreto desvirtúa el período de cinco días de reflexión, establecido por la ley, cuando establece que la entrevista con los integrantes del equipo interdisciplinario pueden realizarse de forma separada. “Al disociar en el tiempo las entrevistas con el equipo asesor interdisciplinario y contar el plazo a partir de la primera entrevista y no de la última, como sería de sentido común— hace que las otras dos no sean debidamente tenidas en cuenta en la reflexión”, se argumenta.

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