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¿Qué responsabilidades tienen jueces y fiscales si se equivocan?

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27 de julio de 2016 a las 05:00

Tuvieron que pasar siete años y tres investigaciones judiciales para que un hombre de Rivera que violaba a su hija –y con quien tuvo dos hijos–, fuera a la cárcel.

La primera investigación se realizó en 2009, cuando una psicóloga que trabajaba en la zona denunció que una adolescente de 13 años estaba embarazada y que podía ser a raíz de abusos sexuales por parte de su padre. El hombre ya tenía antecedentes penales por violación.

Sin embargo, un año más tarde el juez Gustavo Iribarren (que actualmente está al frente de un juzgado penal de Montevideo) archivó el caso dado que la madre de la joven no había denunciado el hecho y los vecinos tampoco habían aportado información sobre una posible relación de incesto, aunque el caso debería haberse investigado como violación por tener la adolescente menos de 15 años. El fiscal, Ricardo Chiecchi, no apeló la decisión.

En 2011, la situación de la adolescente volvió a la Justicia. Esta vez fue un médico quien denunció que la joven acababa de tener otro hijo, quien estaba internado en Tacuarembó debido a una malformación. El fiscal pidió una prueba de ADN que determinó que los dos hijos de la adolescente fueron engendrados por su padre. A pesar del resultado, Chiecchi no pidió el procesamiento del hombre, porque, a pesar de que se había confirmado la relación de incesto, no había habido "escándalo público" como para que el delito se configurara, ni tampoco se había probado "violencia" en la relación sexual, informó El País.

Después de siete años, a principios de este mes, el caso reapareció en la escena judicial. Esta vez, la jueza que tomó el caso fue Noelia Sánchez, quien procesó con prisión al padre de la adolescente por varios delitos de violación. El hombre se suicidó al día siguiente de entrar en prisión. En esta oportunidad también fue procesada, aunque sin prisión, la madre de la joven, por un delito de omisión a los deberes inherentes a la patria potestad. El argumento de la jueza para procesarla fue que la mujer no denunció a su pareja.

El fiscal de Corte, Jorge Díaz, consideró que el fiscal Chiecchi cometió dos errores: el primero fue no haber apelado la decisión del juez en 2010 y el segundo fue haber catalogado el caso como incesto cuando se trató de una violación.

Control

¿Pero quién es el responsable de controlar el accionar de los fiscales?

Los representantes del Ministerio Público, al igual que los jueces, tienen independencia técnica para tomar decisiones. Sin embargo, hay casos en los que sus decisiones son pasibles de ser sancionadas. El fiscal de Corte es quien tiene la potestad para controlar y tomar decisiones sobre el accionar de los fiscales.

El abogado experto en derecho administrativo y exprofesor de la Universidad Católica, Carlos Guariglia, explicó a El Observador que lo que puede ocurrir es que la actuación del fiscal sea "tan grosera" que, al revisar el expediente, el fiscal de Corte entienda que el profesional actuó de manera "irracional" o "irrazonablemente". El primer caso implicaría que el fiscal se haya alejado de las reglas de la lógica, mientras que en el segundo caso sería haberse alejado de los parámetros morales que rigen en la sociedad. Otro elemento a analizar en el accionar del fiscal es si su decisión está debidamente justificada

Pero si toma una decisión incorrecta, puede tener consecuencias. Las sanciones administrativas pueden aplicarse hasta dos años después de que se haya cometido la irregularidad. En el caso del fiscal de Rivera, el tiempo que pasó entre que tomó la decisión de no pedir procesamiento del hombre que violaba a su hija y la actuación del fiscal de Corte fue de siete años, por lo que caducó la posibilidad de iniciar un juicio administrativo.

Guariglia señaló que en estos casos el fiscal de Corte debe aplicar el principio de proporcionalidad entre la naturaleza de la falta y la entidad de la sanción. Las consecuencias previstas para la administración central implican apercibimiento, suspensión o destitución del funcionario. En este caso, debido al tiempo que había pasado, el fiscal de Corte definió trasladar al representante del ministerio público a un juzgado en otra materia.

¿Se puede denunciar a un fiscal?

El artículo 24 de la Constitución establece que todos los órganos del Estado son responsables civilmente por los daños que causen a terceros "en la ejecución de los servicios públicos confiados a su gestión o dirección". El artículo siguiente expresa que, si el daño es causado por funcionarios del Estado en el ejercicio de sus funciones y fue realizado con culpa grave o con dolo, el órgano en el que trabajan luego podrá repetir el juicio contra ellos para que paguen el monto de la reparación al damnificado.

Esto implica que la persona que se sienta víctima de una decisión de un fiscal, por ejemplo, puede iniciar un juicio contra el Ministerio Público para recibir dinero como compensación. Si la Fiscalía pierde el juicio, luego podrá ir contra el fiscal para que sea él quien pague el monto que el ministerio debió dar a la víctima.

En el caso de Chiecchi la falla fue no imputar por violación al hombre que reiteradamente abusó de su hija.

En el caso de los jueces puede darla el error inverso, es decir, que a pedido de un fiscal envíen a la cárcel a una persona inocente. Esas situaciones son relativamente usuales en Uruguay y por año la Suprema Corte de Justicia enfrenta cerca de 20 juicios civiles por prisión indebida, aunque en general no revisten consecuencias para los jueces

Perciballe asume en lugar de Chiecchi

El fiscal de Corte, Jorge Díaz, dispuso un enroque entre Ricardo Chiecchi (que estaba al frente de la fiscalía penal de 17º turno de Montevideo) y Ricardo Perciballe (que hasta ahora se encontraba en una fiscalía civil). De esa forma, Perciballe volverá a trabajar en la materia penal, de la que Díaz lo había removido en 2012 cuando se desempeñaba en crimen organizado. Por otra parte, y en el marco de otros movimientos, el fiscal de Corte trasladó al fiscal civil Daniel Gutiérrez a violencia doméstica. Gutiérrez, siendo el fiscal civil más antiguo en su cargo, subrogó en mayo a Díaz como fiscal de Corte, y en esa condición emitió un dictamen en el que señaló que la creación de la Fiscalía General de la Nación como servicio descentralizado es inconstitucional.

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