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Aprovecharon un femicidio, robaron la casa y la Justicia los condenó a pagar $ 2.500 en cuotas

Vecinos de la cuadra entraron en la madrugada del crimen y se llevaron un plasma, un parlante y alimentos
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18 de abril de 2018 a las 05:00

La casa estaba vacía, porque horas antes Eduardo Hernández se había suicidado luego de asesinar de varias puñaladas a su pareja, Laura Duarte, y las hijas de la pareja, 10 a 14 años, habían quedado bajo protección de las autoridades.

Ante esa oportunidad, dos vecinos de la cuadra de Sarandí del Yi (Durazno) no repararon en nada más que en aprovechar la ocasión. Entraron a la casa sobre las 4 de la madrugada del 9 de abril, y se llevaron un televisor plasma de 32 pulgadas, un parlante y varios alimentos.

Sin embargo, pese a que fueron capturados y confesaron el delito, la Justicia no los envió a prisión, y los condenó a pagar en cuotas uno de los objetos hurtados, según informó El País.

Los delincuentes huyeron sin ser vistos y, al otro día, la mujer publicó en Mercado Libre que vendía un parlante y muy pronto consumó la venta. La Policía, no obstante, detectó el movimiento, fue hasta la casa del comprador, y allí averiguó la identidad de la mujer, contó a El Observador el fiscal del caso, Alejandro Sastre, quien también había actuado en el femicidio de ese hogar.

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Ante esa información, la Fiscalía citó a la sospechosa para interrogarla y, de acuerdo a la confesión que hizo después la mujer, arrojó el televisor al Río Yí cuando se enteró que era investigada. El hombre, ante el mismo temor, sacó un pasaje para viajar a Montevideo, pero Sastre solicitó su detención el jueves 12, por la tarde, antes de que partiera. La mujer fue detenida el viernes 13, y ese mismo día se efectuó la audiencia de formalización para ambos.

Juicio abreviado

El fiscal pretendía imputarles un delito de hurto especialmente agravado por penetración de un domicilio. Ese delito, según el artículo 341 del Código Penal, tiene una pena doce meses de prisión a ocho años de penitenciaría porque se ve agravado el delito por el hecho de haber "penetrado" una casa para robar. Además, dijo el fiscal, los ladrones conocían "exactamente" las circunstancias de la familia ya que era conocidos de toda la vida.

Sin embargo, el nuevo Código del Proceso Penal (CPP) que rige desde noviembre de 2017, introdujo algunas contemplaciones con aquellos que cometan delitos considerados menores, ya que su filosofía jurídica, como lo ha expresado en varias oportunidades el fiscal de Corte, Jorge Díaz, se basa en la priorización de la "resolución de los conflictos" y no en la de la consecución de la "verdad material" detrás de los crímenes.

En este sentido, una de las novedades que trajo fue la creación de la suspensión condicional de la pena. Este beneficio para los culpables, consiste en imponerle al imputado determinadas condiciones a cambio de que no vaya a prisión. Si incumple el acuerdo, entonces sí podrá cumplir prisión.

En este caso, el fiscal explicó que se tuvo en cuenta además que el parlante hurtado fue recuperado, y que los imputados no poseen antecedentes penales –condición en la que seguirán si cumplen el acuerdo–, y el arrepentimiento que mostraron durante la confesión.

A cambio de evitar el desarrollo de un juicio que, dadas las pruebas y la admisión de los hechos, terminaría con una condena de prisión y no de penitenciaría, los abogados de los acusados pactaron con Fiscalía que cada uno sus defendidos abonarán $2.500 en cinco cuotas mensuales, con fechas de vencimiento. El dinero será para la familia de la víctima con el objetivo de reparar el daño causado por la pérdida del televisor.

De este modo se configura la vía de la "reparación" que, supone el texto del nuevo CPP, resuelve el conflicto entre las partes, ya que se compensa el daño producido.

Por otra parte, los acusados también deberán realizar trabajos comunitarios –que la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida aún debe definir– presentándose tres veces por semana durante dos horas, en un lapso de 90 días.

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