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Asociación de Fiscales se opone a modificaciones al CPP propuestas por Ministerio del Interior

Señalan que limitaciones al proceso abreviado podrían saturar al sistema penal
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13 de junio de 2018 a las 05:00
La Asociación de Magistrados Fiscales del Uruguay envió este martes un documento a la comisión de Constitución y Código de la Cámara de Senadores desaconsejando la votación de las modificaciones al nuevo Código del Proceso Penal propuestas por el Ministerio del Interior. Para el gremio el proyecto acabaría por "derogar" las "bases fundamentales" y haría más "ineficiente" el nuevo sistema, al tiempo que abriría las puertas para que exista un "desvío" en el accionar policial.

La propuesta enviada por el Ejecutivo al Parlamento el pasado 16 de mayo pretende, entre otros puntos, otorgar mayor flexibilidad al trabajo de la policía, hacer obligatoria la prisión preventiva en casos de delitos graves, limitar la herramienta del juicio abreviado -mediante la cual los investigados asumen su responsabilidad para recibir una pena reducida-, así como se excluye del beneficio de la libertad anticipada a presos que hayan cometido delitos graves.


El gremio señala que el artículo que habilita a que la Policía practicar un registro personal de la vestimenta y efectos personales de quien se encuentre detenido, existan indicios de que hayan cometido delitos, o haya sido observado intentado cometerlo, hoy se configuraría como un delito de Pesquisa, algo que se castiga con entre tres y doce meses de prisión. Esto "denota la existencia de un riesgo de desvío en el accionar en perjuicio de los derechos del ciudadano", señala el texto.

El documento también critica que el proyecto de ley convierte en obligatoria la aplicación de la prisión preventiva en casos de reiteración, reincidencia o habitualidad de los delitos de violación, abuso sexual, atentado violento al pudor, abuso sexual sin contacto corporal, lesiones graves (únicamente cuando la lesión ponga en peligro la vida de la víctima), lesiones gravísimas, hurto agravado, rapiña, rapiña con privación de libertad, copamiento, extorsión, secuestro, homicidio y tráfico de drogas. Esta situación rompe con uno de los preceptos del nuevo Código, que pretendía convertir la prisión preventiva en una excepción, y enviar a la cárcel solo a personas con condena.

Proceso abreviado

Sin embargo, uno de los puntos que más alerta a los fiscales es el que limita la aplicación del llamado juicio abreviado, mediante el cual los fiscales acuerdan con los acusados para que admitan los delitos por el que se los investiga, obteniendo una condena reducida.

El proyecto de ley permite que los fiscales acuerden penas de hasta una tercera parte de la pena para el caso concreto (como ya ocurre actualmente), aunque establece que no podrá ser inferior a la pena mínima en delitos graves. Asimismo, quienes pauten penas con el fiscal no podrán obtener el beneficio de la libertad anticipada.

A juicio de la asociación, esta disposición hará aplicable el juicio abreviado en "un número considerablemente inferior de casos", por lo que todos los que quede afuera deberán seguir por el proceso ordinario, lo que "supondrá demoras y mayores gastos" al sistema.

Según datos publicados por la Fiscalía en los primeros seis meses de aplicación del nuevo Código del Proceso Penal el 51,7% de los casos llevados ante juez por los fiscales se resolvieron por proceso abreviado. Hasta ahora se han realizado una decena de juicios orales, ya que algunos de ellos siguen siendo investigados.

La presidenta de la Asociación de Fiscales, Brenda Puppo, dijo en el programa Así Nos Va de radio Carve que de aprobarse la reforma propuesta por el Ejecutivo, los fiscales no van a dar abasto, ya que los juicios orales demandan más tiempo que los abreviados. En promedio un juicio ordinario puede llevar unos siete meses, mientras que en el abreviado puede resolverse en pocas horas, ya que el investigado admite su responsabilidad.

Puppo dijo que los fiscales intentan utilizar el juicio abreviado siempre que es posible (no se admite para delitos que tengan como pena mínima seis años de penitenciaría) debido a las carencias de recursos humanos que tiene la Fiscalía General de la Nación y que obliga a los representantes del ministerio público a investigar cientos de casos a la vez. "Intentamos por todos los medios llegar a eso. Es la triste realidad. Queremos evitar los juicios orales porque es un trastorno impresionante conseguir evidencias (...) Es muy difícil trabajar en estas condiciones. El juicio abreviado es una solución".

El fiscal Carlos Negro, por su parte, valoró el juicio abreviado como "una forma inteligente de depurar el sistema" para impedir que todo vaya a juicio oral y público, lo que sería más costoso. Sin embargo, opinó que no debe utilizares como excusa la falta de recursos humanos para hacer uso de él, sino evaluar su conveniencia en cada caso.

Negro dijo que esta herramienta también se utiliza, por ejemplo, cuando si bien hay evidencias, falta una prueba contundente que permita asegurar que logrará la condena para el acusado si se siguiera un juicio oral. Ante la duda, acusado y acusador resuelven negociar una sanción menor y terminar anticipadamente el trámite judicial.

Asimismo, el fiscal explicó que de todas formas en los casos en los juicios abreviados tiene que haber evidencias, ya que de lo contrario el acusado nunca se vería obligado a reconocer su responsabilidad.
El fiscal Rodrigo Morosoli, por su parte, opinó que sin juicio abreviado se saturaría el sistema, porque se iría a juicio oral hasta por el hurto de una bicicleta. Morosoli señaló que se trata de una herramienta de desagote del sistema, que en ocasiones es valorada por aquellas víctimas que prefieren evitarse un proceso largo, en el que deben presenciar sucesivas audiencias, como ocurre en un juicio ordinario.

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