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Cómo viven las más de 150 personas bajo custodia del sistema de testigos protegidos

Familias enteras deben ser realojadas en nuevas viviendas y en algunos casos trabajos
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27 de julio de 2018 a las 18:05

Actualmente 55 niños, 26 adolescentes y 85 mayores están bajo custodia de la Unidad de Víctimas y Testigos de la Fiscalía bajo el régimen de testigos protegidos.

Son integrantes de 46 núcleos familiares que fueron puestos bajo este programa porque su integridad física corre riesgo.

La red de atención y protección incluye el trabajo sobre diversas secuelas e impactos que deja el delito y requieren del abordaje conjunto con los organismos del Estado: INAU, Mides, Ministerio de Salud, Ministerio de Vivienda, Inefop, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, entre otros.

Vivir en esta condición implica que las familias deban abandonar su casa bajo diversos sistemas, entre ellos el de concesión de viviendas transitoriamente y subsidio de alquiler.

Algunos tuvieron que someterse a una reconversión laboral aunque, según fuentes de la fiscalía, ninguno cambió de trabajo.

Menores y adultos deben ajustar su participación en redes sociales entre otras medidas de autoseguridad, y los niños tienen que cambiar de escuela, con lo que ello implica para la vida de los más chicos. También deben aceptar medidas de custodia policial si fuera necesario y un seguimiento de la Unidad de Victimas de la Fiscalía.

Medidas de protección

El régimen de testigos protegidos comenzó a aplicarse con más frecuencia desde este año, según declaró en mayo el fiscal de Corte, Jorge Díaz.

Por ser figuras claves a la hora de conseguir elementos probatorios que logren llevar a juicio a los causantes de este tipo de homicidios, la protección a los testigos es uno de los puntos en los que las fiscalías están "trabajando fuerte", según señaló entonces en el Congreso de la Federación Rural Díaz, luego de hablar en un panel sobre seguridad.

La herramienta legal ya existía pero hasta este año no se había utilizado, sobre todo porque requiere de una infraestructura especial que incluye realojo para las personas de las que se necesitan testimonios.

En el artículo 8° de la Ley 18.494 aprobada en 2009 se sostiene que "los testigos, las víctimas cuando actúen como tales, los peritos y los colaboradores en los procesos de competencia de los Juzgados Letrados de Primera Instancia Especializados en Crimen Organizado podrán ser sometidos a medidas de protección cuando existan sospechas fundadas de que corre grave riesgo su vida o integridad física tanto de ellos como de sus familiares".

Se indican además las ocho medidas de protección, entre las que están la protección física, la utilización de mecanismos que impidan la identificación visual del testigo por parte de terceros, la recepción de testimonios a través de tecnologías adecuadas, entre otras.

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