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El mito del TLC en Uruguay

Parte de los reclamos del sector rural dejaron en evidencia la necesidad de contar con más acceso a los mercados, especialmente cuando los costos de producción son muy elevados en comparación con la región
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02 de febrero de 2018 a las 05:00
En las últimas semanas, dos acontecimientos volvieron a poner en escena las diferentes reacciones que se generan en el país a partir de la sigla TLC.

Parte de los reclamos del sector rural dejaron en evidencia la necesidad de contar con más acceso a los mercados, especialmente cuando los costos de producción son muy elevados en comparación con la región y otros competidores directos. Por otro lado, la reciente visita del canciller de China a Uruguay, avivó el debate entre los que se encuentran a favor o en contra de la apertura comercial.

Cabe destacar dicha visita en el marco de la conmemoración de los 30 años de las relaciones diplomáticas. La sola presencia en el país de una autoridad de este calibre es siempre muy bien recibida, confirmando el camino hacia una profundización de las relaciones bilaterales iniciado en 2016 con la misión del presidente Vázquez a China y la firma de la Declaración conjunta de Asociación Estratégica.

La mencionada asociación implica una definición hacia la ampliación de las relaciones bilaterales en diferentes áreas, la que se concretará con la firma de una serie de acuerdos como el recientemente firmado sobre Facilitación de Visas para Personas de Negocios.

En el área comercial, China propuso la firma de un TLC, lo que fue ratificado nuevamente por el canciller Wang Yi, que además aclaró que está dispuesto a suscribirlo con Uruguay o con todo el Mercosur.

Nada menos que desde la misma recepción brindada por las autoridades uruguayas al canciller chino, el ex presidente Mujica fustigaba nuevamente la sigla TLC, lo que fue complementado al día siguiente por una serie de declaraciones de otros integrantes del partido de gobierno.

Además de mostrar cierta aversión a la mencionada sigla, lo que también quedó en evidencia en la posición tomada respecto al acuerdo con Chile, tanto el ex presidente como otros actores nacionales, indicaron que la mejor forma de avanzar con China es a través de un acuerdo limitado que incorpore unos pocos productos.

En este marco, se consideró necesario definir el alcance de los TLC para colaborar con derribar algunos mitos que no hacen más que postergar definiciones que necesariamente debe tomar el país. Al respecto de los TLC o acuerdos comerciales, es necesario recordar que los mismos se regulan en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), la que fue constituida en 1995.

Esta organización tiene como antecedente el acuerdo provisional que reguló el comercio mundial desde el año 1947 y es conocido por la sigla GATT. La propia OMC se define como un foro para que los "gobiernos negocien acuerdos comerciales", alcanzando una armonización de las normas y contando con un espacio para dirimir las disputas.

Para cumplir con sus objetivos, la OMC plantea varios principios destacándose el de No discriminación, lo que implica que los Estados parte (hasta la fecha un total de 164) no podrán aplicar medidas discriminatorias frente a otros miembros de la organización.

En el caso de la firma de acuerdos de comercio, existen ciertas excepciones siempre y cuando dos o más socios suscriban lo que la organización conoce como Acuerdos Comerciales Regionales y Arreglos Comerciales Preferenciales.

Los primeros refieren a los acuerdos de libre comercio que adquieren diferentes modalidades y alcances (como los TLC) o a las uniones aduaneras. Los segundos tienen que ver con preferencias unilaterales que los países desarrollados otorgan a las economías en desarrollo en el marco del Sistema General de Preferencias o con otra excepción especialmente aprobada por el Consejo General de la OMC.

En definitiva, las reglas de la OMC establecen que los miembros no pueden otorgar cualquier tipo de preferencia, sino que las mismas deben estar sujetas a determinadas reglas para ampararse a las excepciones permitidas en su marco.

Todos los acuerdos negociados deben ceñirse a lo establecido en el artículo XXIV del GATT o a la Cláusula de Habilitación (estipulan condiciones de cómo negociar) ya que, de otra forma, no podrán otorgarse preferencias arancelarias a un miembro sin hacerlas extensivas automáticamente al resto de los integrantes de la organización multilateral.

Los acuerdos comerciales comenzaron a suscribirse en mayor número desde la década del noventa, pero especialmente desde la primera década del siglo XXI. En los hechos, todos los miembros de la OMC ya cuentan con algún acuerdo vigente (restaba el caso de Mongolia que recientemente cerró un acuerdo con Japón). Hasta la fecha la OMC contabiliza 284 acuerdos vigentes, pero los miembros han notificado un total 455.

Se trata de uno de los fenómenos económicos de mayor importancia desde la Segunda Guerra Mundial, que involucra a países de diferente tamaño y niveles de desarrollo. De hecho, pequeñas economías como Brunéi, Sri Lanka, Mauricio o Myanmar, entre tantas otras, han suscrito acuerdos con grandes potencias.

Si bien todos los socios de la OMC suscriben acuerdos, algunos se muestran más activos caso de Chile (con 29), Singapur (22), República de Corea (18) y Perú (17). Los términos utilizados por la OMC difieren, siendo la clasificación más utilizada la de acuerdos de libre comercio (los popularmente conocidos como TLC), los que además de alcanzar libre comercio en bienes y servicios, incorporan otras disciplinas relacionadas con el comercio, como por ejemplo propiedad intelectual, compras públicas, inversiones, comercio electrónico, disposiciones sobre PYMES y cooperación, entre otras.

En importancia le siguen los llamados acuerdos de integración económica, acuerdos de comercio preferencial y en menor medida las uniones aduaneras, que justamente es el modelo de inserción definido por el Mercosur.

En cuanto a las excepciones, el mayor porcentaje de los acuerdos son notificados por el artículo XXIV del GATT, lo que implica que los Estados involucrados deben suscribir una zona de libre comercio o una Unión Aduanera, que son acuerdos profundos y no limitados a pocos bienes.

De hecho, los últimos tratados suscritos por China con países como Chile, Perú, Costa Rica, Panamá, Australia y Corea del Sur, entre otros, fueron notificados como zonas de libre comercio, lo que adelanta el interés de China de firmar acuerdos amplios y no de contados productos como se plantea por parte de algunos integrantes del partido de gobierno en Uruguay.

A esta altura son contundentes las estadísticas que desmitifican el alcance que en Uruguay se le otorga a la sigla TLC. Se trata de un instrumento que desde hace dos décadas es utilizado ampliamente por todos los miembros de la OMC, no importando su tamaño, ubicación geográfica, nivel de desarrollo o la orientación política del gobierno.

*Decano de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Católica del Uruguay y director del Departamento de Negocios Internacionales e Integración de la misma Universidad. Doctor en Relaciones Internacionales e integrante del Sistema Nacional de Investigadores. Twitter: @i_bartesaghi

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