El fiscal de flagrancia Diego Pérez pidió la suspensión condicional del proceso contra un delincuente que robó mercadería de un local comercial por un monto de $ 2.411. La solicitud de la fiscalía es a cambio de que el individuo pida disculpas, devuelva lo robado y se someta a un tratamiento psiquiátrico.
A esta definición se llega luego de que el delincuente admitiera su participación en el robo, y llegara a un acuerdo con el fiscal. Mediante esta figura, que fue instaurada por el nuevo Código del Proceso Penal que entró en vigencia el 1º de noviembre, el imputado se compromete a cumplir con lo que impone el fiscal con el objetivo de que se suspenda el proceso penal que se lleva en su contra. Si cumple con su compromiso, el proceso queda sin efecto. Si no cumple, el proceso se reinicia.
"Atento a la pena mínima prevista para el delito imputado, no existen impedimentos a los efectos de solicitar a la sede la suspensión del presente proceso e imponer a G.V.P.; a) la obligación de reparar el daño causado al damnificado en los términos acordados con el mismo, esto es, abonando la suma de $ 2.411 en un plazo de 72 horas en la dependencia policial actuante y bajo recibo; b) la obligación de presentarle las disculpas que ya fueron formuladas y aceptadas por el referido damnificado por los perjuicios causados; c) la prohibición de concurrir a todos los locales F (el damnificado) por un plazo de seis meses; y d) por último, la obligación del mencionado imputado de asistir a la consulta con su psiquiatra en las condiciones que el mismo determine".
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