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IMM busca restringir horario de boliches y salones de fiestas por decreto

La idea es que desde 2018 abran hasta las 4:00 de la mañana
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09 de marzo de 2017 a las 13:35

La Intendencia de Montevideo enviará a la Junta Departamental un proyecto de decreto por el que pretende limitar el horario de los locales bailables, pubs, y salones de fiestas. Los horarios se establecerán dependiendo del tipo de actividad y para el caso de las discotecas, deberán cerrar en 2018 a las 4:00 de la madrugada.

Tras un proyecto piloto al que algunos locales adhirieron voluntariamente y que limitaba el horario de cierre de los boliches dependiendo del día de la semana, la intendencia definió poner el horario por decreto y dividirlo en cinco categorías, informó Búsqueda.

El prosecretario de la intendencia, Chistian Di Candia, dijo al semanario que el proyecto será enviado a la junta la próxima semana. Según explicó el jerarca, lo que se busca es tener certeza para exigir el cumplimiento.

La primera categoría, identificada con la letra A, corresponde a los salones de fiesta y establece que ese tipo de locales deberán cerrar a las 4:00 de la mañana durante 2017, luego, en 2018 el horario se acorta una hora más, y sería hasta las 3:00.

Para el caso de las discotecas, categoría B, el horario de cierre será en 2017 a las 5:00 y pasaría a las 4:00 en 2018. En tanto, para el grupo de los pubs o restaurantes –categoría C- que pasen música a más de 60 decibeles, la hora de cierre será este año a las 3:00 y a partir del siguiente a las 2:00. Lo mismo aplica para los locales de la categoría E, que son los que combinan distintas modalidades.

Si se trata de locales de categoría C, pero que solo pasan música ambiente, podrán abrir las 24 horas.

Consultado por El Observador, Di Candia dijo que el horario es subjetivo, y que se dio libertad a la bancada de ediles del Frente Amplio para realizar las modificaciones que vean que corresponda. Buscan así que sea una norma "con respaldo fuerte de todos los partidos y de organizaciones".

Son normas, dijo, "que generan un orden más claro y la certeza entre la categoría y las actividades que ocurren dentro del local que antes no estaba definido".

En caso de que los locales incumplan la nueva normativa, la intendencia prevé aplicar una multa de 20 unidades reajustables, unos $19.685, que aumentará en 10 unidades reajustables por cada media hora de exceso. La tolerancia previa a la sanción será de media hora.

Si el local reincide en la infracción, la intendencia podrá además calusurar el local por siete, 10 o 180 días, o en forma definitiva.

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