Las organizaciones feministas se hicieron sentir en las barras del Parlamento

Nacional > PARLAMENTO

Las tres leyes de 2017 que pusieron el acento en el género

Impulsados por los reclamos de la sociedad civil, los legisladores apuraron la ampliación de derechos para las mujeres
Tiempo de lectura: -'
30 de diciembre de 2017 a las 05:00
Las decenas de miles de voces que se agruparon en el centro de Montevideo el 8 de marzo para reclamar un freno a la violencia de género, resonaron en las paredes del Palacio Legislativo a lo largo de casi todo el 2017. A los pocos días de la multitudinaria marcha capitalina, replicada en otras ciudades del interior, los parlamentarios apuraron el tratamiento de una serie de leyes –hasta entonces trancadas por diferencias políticas– que amplían los derechos de las mujeres.

Ley de cuotas

El 15 de marzo, una semana después de la multitudinaria manifestación, el Senado aprobó por unanimidad el proyecto que extendió de forma indefinida la ley de cuotas, votada en 2009 y aplicada por primera vez en las elecciones de 2014. En ese momento, se había dispuesto la obligación de incluir en las listas a una mujer cada dos hombres pero la medida regía por un único período electoral.

Si bien la propuesta original, presentada por la bancada del Frente Amplio, pretendía un régimen de paridad total entre ambos géneros, la negociación con la oposición (se precisaban dos tercios de los votos, por tratarse de una ley modificativa del sistema electoral) bajó el umbral de la iniciativa. Tampoco prosperó otra de las pretensiones del oficialismo, que consistía en extender las cuotas a las suplencias, evitando que los sectores pudieran “trampear” la normativa. Para ello, el proyecto original planteaba que los suplentes fueran del mismo género que el titular de la banca. Sin embargo, la oposición argumentó que eso suponía un fuerte obstáculo para el armado de las listas en el interior y, en definitiva, lo que se acabó aprobando fue solo la extensión del mecanismo votado en 2009.
“La ley parece insinuar que la idoneidad y la aptitud de las mujeres no son suficientes para que puedan abrirse paso en política”. (Pablo Abdala, diputado del Partido Nacional).
La senadora Constanza Moreira (Frente Amplio), una de las impulsoras del proyecto original, expresó durante el debate parlamentario que la ley le dejaba “sabor a poco”, aunque reconoció que la nueva ley implicaba un avance. Por su parte, la también senadora frenteamplista Daniela Payssé destacó que la ley no implica “explícitamente” un beneficio para las mujeres, sino que habla de incluir “personas de ambos sexos en cada terna de candidatos”.
“En materia de representación femenina somos un atraso pero hoy estamos dando un gran paso". (Constanza Moreira, senadora del Frente Amplio).
La ley dispone que “en toda elección de primer grado que se celebre para la integración de las autoridades nacionales, departamentales y municipales de los partidos políticos, se deben incluir, en las listas o nóminas correspondientes, personas de ambos sexos, en cada terna de candidatos, titulares y suplentes en el total de la lista o nómina presentada”.
“Ya habrá tiempo para perfeccionarla y agregar otras cosas”. (Daisy Tourné, senadora del Frente Amplio).
Según dijo Payssé a El Observador, “si de eso se interpreta que es una ley para favorecer a la mujer es porque la historia indica que la política fue reservada para los hombres”. En Diputados la ley se aprobó el 18 de octubre, con 76 votos en 86.


Ley de femicidio

Los reclamos de la sociedad civil también presionaron al Senado a apurar la tipificación del delito de femicidio, una nueva figura penal incluida en un proyecto de ley que había sido remitido por el Poder Ejecutivo en diciembre de 2015, pero cuyo tratamiento en el Parlamento se había paralizado.
“No es una herramienta mágica pero sí necesaria para ubicar la tipificación del delito”. (Daniela Payssé, senadora del Frente Amplio).
El 18 de abril de 2017, a cuarenta días del Día Internacional de la Mujer, los 31 integrantes de la Cámara Alta dieron media sanción al texto, por el cual se modificaban los artículos 311 y 312 del Código Penal. En el primer artículo de la ley se agregaba, entre las circunstancias “agravantes especiales” del homicidio, que el crimen fuera cometido contra la pareja o expareja o “cuando se cometiera por persona con quien la víctima tuviera o hubiera tenido una relación de afectividad e intimidad”. El segundo artículo, en tanto, definía al femicidio como una de las circunstancias “agravantes muy especiales” del homicidio, cuando fuera cometido “contra una mujer por motivos de odio, desprecio o menosprecio, por su condición de tal”.
“A nadie se le ha ocurrido plantear que vulneramos el principio de igualdad cuando se votan leyes promocionando una actividad productiva”. (Elisabeth Arrieta, diputada del Partido Nacional).
En la Cámara de Diputados, sin embargo, el proyecto tuvo algunas modificaciones que no cayeron del todo bien entre los senadores. En particular, se alteró el primer artículo agregando como condición para que se configure el delito la existencia previa de un vínculo de índole sexual entre la víctima y el perpetrador del crimen. El 3 de octubre, cuando el texto volvió a la Cámara de Senadores, fue votado por unanimidad, porque, de lo contrario, hubiese quedado trunco.
“Las modificaciones introducidas en Diputados no son acertadas”. (Pedro Bordaberry, senadora del Partido Colorado).

Ley integral de violencia basada en género

La creación del delito de femicidio sería solo el precedente de una de las leyes que, según coinciden legisladores del oficialismo e integrantes de las organizaciones feministas, es una de las más importantes de la actual legislatura. Es la opinión, por ejemplo, de la senadora frenteamplista Daisy Tourné, para quien la ley integral de violencia basada en género representa el proyecto “más ambicioso” de todos los que se han votado en materia de derechos para la mujer.

Más de un año y medio estuvieron los senadores discutiendo y retocando la ley, remitida por el Ejecutivo el 28 de diciembre de 2015. El resultado fue un extenso texto de 98 artículos, que incluye desde directrices generales para los organismos del Estado, hasta la instalación de redes de atención a las víctimas y reparaciones materiales.

El artículo 4° define la violencia basada en género como “una forma de discriminación que afecta, directa o indirectamente, la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, así como la seguridad personal de las mujeres”.
“El femicidio le ponía nombre a lo que le ocurre a las mujeres ya muertas. Esto le pone nombre a las formas de violencia cuando están vivas”. (Romina Napiloti, diputada del Frente Amplio).
A su vez, establece que “se entiende por violencia basada en género hacia las mujeres toda conducta acción u omisión, en el ámbito público o el privado que, sustentada en una relación desigual de poder en base al género, tenga como objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos o las libertades fundamentales de las mujeres”.

La ley enuncia 18 tipos de violencia basada en género, desde la violencia física, psicológica o sexual, hasta la simbólica (“ejercida a través de mensajes, valores, símbolos e imposiciones sociales, que transmiten reproducen y consolidan relaciones de dominación, exclusión, desigualdad y discriminación, y que contribuyen a naturalizar la subordinación de las mujeres”); la violencia obstétrica (“toda acción, omisión y patrón de conducta del personal de la salud en los procesos reproductivos de una mujer, que afecte su autonomía o abusos de técnicas y procedimientos invasivos”); el acoso callejero y la violencia mediática (“toda publicación de mensajes e imágenes a través de cualquier medio masivo de comunicación que promueva la explotación de las mujeres o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad”).


Según Payssé, “todas esas descripciones no tienen como consecuencia un reproche penal sino el valor del enunciado programático y la consiguiente condena social”.

La ley dedica un capítulo a la persecución de los delitos sexuales, rediseñando el organigrama judicial yel código penal. La ley crea juzgados especializados en violencia basada en género, doméstica y sexual, que centralizarán las denuncias, de modo que las víctimas no tengan que pasar por más de una instancia judicial. Además, se cambian los viejos delitos de “atentado violento al pudor” por la tipificación de abuso sexual. El artículo 86° incorpora al Código Penal la figura de “abuso sexual”, para quien “por medio de la intimidación, presión psicológica, abuso de poder, amenaza, fuerza o cualquier otra circunstancia coercitiva realice un acto de naturaleza sexual contra una persona”. En tanto, el artículo 87° establece el “abuso sexual especialmente agravado”, cuando existe penetración (con una parte del cuerpo o con un objeto). También se incorpora el “abuso sexual sin contacto corporal”, para quien “ejecutare o hiciera ejecutar a otra persona actos de exhibición sexual ante una persona menor de dieciocho años de edad”.
“Hay un quebrantamiento de un principio básico. Ahora va a regir el principio ‘in dubio pro mujer’”. (Ope Pasquet, diputado colorado).
Entre los otros delitos que se tipifican o se modifican, están la violencia doméstica, la divulgación de imágenes o grabaciones con contenido íntimo (siempre que la víctima no haya dado su autorización), y el grooming (el contacto reiterado de un adulto con un menor a través de plataformas digitales con fines sexuales).
“Si tuvimos mal ojo (al elegir las parejas), a hacernos cargo ”. (María Luisa Conde, diputada del Partido Nacional).
Como con la ley de femicidio, el proyecto fue aprobado por unanimidad en el Senado pero no en Diputados, donde recogió 63 votos en 84. Durante la sesión, la diputada frenteamplista Romina Napiloti criticó a los que no levantaron la mano. “Lamentamos que parte del sistema político elija no acompañar esta ley, ya que los cambios culturales requieren que toda la población se sienta parte del problema y de la solución, sea varón o mujer, sea feminista o no”, afirmó.

Lo que quedó para 2018

Otros proyectos de ley concernientes a las mujeres, como la ley de trata de personas, la ley integral para personas trans, o la ley de financiamiento de partidos políticos, seguirán su cauce parlamentario en 2018, anticipando nuevos logros para la agenda feminista.

El proyecto de ley para prevenir la trata de personas, que cuenta con media sanción del Senado, no solo penaliza el delito, ya previsto en la legislación actual, sino que prevé la recuperación de la víctima. Según la senadora frenteamplista Daisy Tourné, “en el tráfico de personas las más vulnerables y las víctimas más frecuentes son mujeres y adolescentes”.

Otro proyecto que cuenta con media sanción del Senado es el de financiamiento de partidos políticos. Además de restringir los orígenes del dinero en la actividad política, el texto también incluye incentivos a la participación femenina, previendo un “plus” de financiamiento a las listas encabezadas por mujeres, y otro en función de cuantos miembro femeninos tenga cada sector en el Parlamento.

Por último, el Senado seguirá trabajando en la ley integral para personas trans, que plantea una serie de nuevos derechos y reparaciones para esa población.

En cifras

31 mujeres fueron asesinadas desde el 1° de enero hasta el 25 de diciembre de 2017 por sus parejas, exparejas o personas de su entorno.

30 años de penitenciaría es el máximo que prevé la ley para quien cometa un femicidio. El abuso sexual puede significar 6 años, mientras que el abuso con penetración puede elevar la pena a 12 años.


Comentarios

Registrate gratis y seguí navegando.

¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.

Pasá de informarte a formar tu opinión.

Suscribite desde US$ 345 / mes

Elegí tu plan

Estás por alcanzar el límite de notas.

Suscribite ahora a

Te quedan 3 notas gratuitas.

Accedé ilimitado desde US$ 345 / mes

Esta es tu última nota gratuita.

Se parte de desde US$ 345 / mes

Alcanzaste el límite de notas gratuitas.

Elegí tu plan y accedé sin límites.

Ver planes

Contenido exclusivo de

Sé parte, pasá de informarte a formar tu opinión.

Si ya sos suscriptor Member, iniciá sesión acá

Cargando...