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Ley que impide salir a reclusos reincidentes regirá hasta julio

Fue aprobada por la comisión que formó Vázquez pero choca con el CPP
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28 de febrero de 2017 a las 05:00
El fiscal penal, Gustavo Zubía, advirtió ayer que la principal medida acordada entre el presidente Tabaré Vázquez y la comisión multipartidaria reunida para tratar temas de seguridad caerá por la vía de los hechos en julio cuando empiece a regir el nuevo Código del Proceso Penal (CPP). El diputado colorado, Ope Pasquet, compartió la interpretación del fiscal sobre la norma que excluyó a reincidentes del beneficio de la libertad anticipada.

Zubía señaló durante una entrevista con radio Sarandí que hay incongruencias entre la ley sobre libertades anticipadas promulgada en noviembre del año pasado y el nuevo CPP (Ley 19.293) que entrará a regir a mitad de 2017.

El artículo primero de la ley 19.446 de la Limitación de la Libertad Provisional, Condicional, o Anticipada, establece que ese beneficio "no será de aplicación en caso de reiteración, reincidencia o habitualidad" para los delitos de violación, hurto, rapiña, rapiña con privación de libertad, homicidio, extorsión y secuestro, entre otros.

Pero el artículo 19 de la misma normativa consagra que "estas normas son de aplicación inmediata a su promulgación y continuarán en vigencia en todo aquello que sea concordante y complementario a lo dispuesto por la Ley 19.293" (Código del Proceso Penal) y "sus modificativas".
Zubía explicó a El Observador que "es clara la falta de concordancia de esta ley con el CPP puesto que "negarle la libertad a los reincidentes en absoluto está en el nuevo código". Por lo tanto "va a estar vigente hasta julio", indicó.

"El nuevo código no establece a quienes sí y a quienes no (otorga la libertad anticipada). Donde existen dudas todos te aplican el in dubio pro reo (en beneficio del preso)", agregó Zubía.

"La norma sobre reincidentes entró en vigencia el 24 de noviembre y solo se puede aplicar a personas detenidas y eventualmente procesadas sentenciadas luego de esa fecha. Las sentencias (de los procesados a partir de noviembre) con suerte empezarán a caer en mayo y junio, por lo que se va a aplicar un mes. Lo que parecía una muy buena idea se transforma en humo y en los hechos no se va a aplicar", dijo el fiscal a Sarandí.

La medida de limitar la libertad anticipada de reincidentes había sido difundida con bombos y platillos el año pasado por el sistema político tras haber alcanzado un acuerdo sobre el tema durante una comisión en que Vázquez reunió a todos los partidos con representación parlamentaria para analizar iniciativas sobre seguridad.

Tras varios cruces, la medida sobre las libertades anticipadas fue la principal que los legisladores lograron votar.

El diputado Pasquet -quien había planteado objeciones a la norma dijo ayer a El Observador, que tiene "fecha de vencimiento".

"Está todo tan mal hecho que hasta pusieron eso (...) Yo cuestioné el artículo primero por varias razones y cuando se llegó a ese último artículo dije que a mí me parecía tranquilizador porque le ponía una fecha de vencimiento a lo que se acababa de votar y con lo que no estaba de acuerdo", agregó.

Ley benévola

Por su parte, Zubía advirtió que por el contrario del efecto que se buscaba, terminará siendo una ley "más benévola" porque sí quedará vigente el beneficio de la libertad vigilada y la libertad intensamente vigilada, ya que no chocan con el CPP.

La libertad vigilada se aplica a quienes tienen penas no mayores a 3 años, y la intensamente vigilada a penados de hasta cinco años, por lo tanto, señaló Zubía, "los rapiñeros podrán salir en libertad".

"Se crea una nueva ventaja para los rapiñeros. Termina siendo más benévola. Lamentablemente vamos mal. Es un descuido mayúsculo al momento de aprobar estas leyes", concluyó.

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