<div>Andrés Ojeda, el abogado de Héctor Amodio Pérez, dijo que su defendido "estaba avisado de todo el abanico posible de lo que podía venir".</div><div>A juicio de Ojeda, "parece razonable" que la prisión sea domiciliaria ya que la jueza lo decidió así. Amodio Pérez tiene domicilio fijo en Montevideo en casa de un familiar, dijo el abogado.</div><div><div><br></div><div><br></div></div>

Nacional > fallo

Caso Amodio: nueva versión acerca desde qué fecha opera la prescripción

Staricco sostiene que los delitos prescriben a partir de 2011, cuando fue sancionada la ley interpretativa de la Caducidad
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15 de septiembre de 2015 a las 12:47

A pesar de que el delito por el que Héctor Amodio Pérez fue procesado ayer con prisión fue cometido en la década de 1970, y que según el Código Penal ese tipo de delitos prescriben en un plazo de 10 años, la jueza Julia Staricco concluyó que no prescribió.

La jueza sostiene en el fallo que la prescripción comienza a regir desde 2011, año en el que se reglamentó la ley de pretensión punitiva del Estado (interpretativa de la ley de caducidad), por la que se restablecen los delitos cometidos durante la dictadura, hasta el 1º de marzo de 1985.

Staricco destacó que las acusaciones a Amodio Pérez surgen desde 1972 en adelante, "donde la defensa a las garantías individuales se vio afectada". "Y si bien es cierto a pesar que continuó existiendo un Poder Judicial, con sus jueces, también es cierto que era imposible interponer cualquier denuncia por detenciones irregulares efectuadas por quien en ese momento ejercían el gobierno", señaló.

La defensa del extupamaro argumentó que el delito de privación de libertad –por el cual fue acusado- debería haber prescripto, "como mucho en el año 2005, es decir hace 10 años", según consta en el fallo.

El abogado de Amodio Pérez, Andrés Ojeda, dijo en diálogo con Mariano López en El Observador TV que esperaban que primero se resolviera la prescripción y la amnistía, para luego tener un fallo definitorio. "Lo de la amnistía a tupamaros en 2015 es algo nuevo", expresó. Ojeda puso de ejemplo el caso del militar retirado Asencio Lucero. Un fiscal había pedido su procesamiento con prisión, pero el caso quedó en suspenso porque primero un tribunal de apelaciones debía resolver si los delitos por los que había sido acusado habían prescripto, a partir de un recurso que presentó su defensa.

En junio de este año, el Tribunal de Apelaciones rechazó el recurso y determinó que no había prescripción.

"Dispuso antes que se resuelva la prescripción y la amnistía. Esperábamos que se resuelva antes que Lucero, primero prescripción y luego procesamiento", dijo el abogado de Amodio Pérez.

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