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Justicia revocó fallo sobre bullying por considerar que no se pudo probar el acoso

Por primera vez un juez había fundamentado la condena en el trastorno de estrés postraumático producido por este acoso
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02 de julio de 2019 a las 16:32

Un Tribunal de Apelaciones falló en contra de la familia de un joven que había denunciado ser víctima de bullying en un colegio durante cuatro años y que logró que el juez civil Federico Tobía fallara en primera instancia a su favor. Esa sentencia había obligado a la familia del presunto acosador a pagar como resarcimiento US$ 12.500, en un fallo que había sido considerado histórico, porque era el primer fallo judicial que se fundamentaba con el concepto del trastorno de estrés postraumático (TEPT) producido por este acoso.

Según publicó El País y confirmó El Observador con la abogada de la familia denunciada, Adriana Castro, la Justicia consideró ahora en una segunda instancia que no se habían presentado suficientes pruebas como para determinar que había ocurrido una situación de abuso, y los denunciantes corrieron así la misma suerte que en 2014, cuando fue la Justicia Penal la que desestimó la denuncia por falta de pruebas.

Ahora, además, los caminos se agotaron, porque no podrán recurrir el fallo en casación a la Suprema Corte de Justicia porque el monto de la condena fijado por el juez no lo habilita.

De acuerdo al relato de la familia del demandante, el menor callaba en su casa los supuestos abusos que había sufrido durante los siete años en que fue al colegio donde ocurrieron los hechos. Pero los padres dijeron que se dieron cuenta de que algo pasaba, y en un momento decidieron sacar al adolescente de la institución porque no encontraron respuesta en las autoridades. Y entonces comenzó la historia judicial, que duró cinco años.

Sin embargo, el tribunal de apelaciones sostuvo que "ninguno de los rasgos respectivos pueden concluir en forma totalmente asertiva de que el hecho haya ocurrido como se expresa en la demanda.... En efecto analizar la prueba desde la perspectiva de la victima por el solo hecho de invocar tal condición implicaría tener por acreditado tal extremo sin ninguna otra probanza , lo cual no resulta ajustado a derecho".

Además, resaltó que en el caso "no se juzga, ni el carácter de la víctima y el victimario, ni la personalidad de la víctima y del pretendido victimario sino si existieron o no actos concretos de acoso que conlleven la responsabilidad de los responsables del menor.

Silvana Giachero, psicóloga especializada en el tema –así como en acoso laboral– que atendió al joven presuntamente acosado e intervino en el juicio testigo técnico, dijo a El Observador que le molesta "el mensaje que se le está enviando a la población y a los padres que sufren por sus hijos víctimas de bullying".

"Mirá los años que llevó esto, el dinero que se gastó, la exposición pública, el desgaste emocional que implicó para la familia para que después un tribunal diga que no había pruebas", lamentó.

Los ministros objetaron además la validez del informe pericial elaborado por Giachero por falta de parcialidad de la profesional, ya que había sido contratada por la parte denunciante.

Pero además cuestionaron la objetividad científica de su trabajo. Señalaron que "si bien tal informe puede constituir un diagnóstico del estado de la reclamante no se desprende del mismo ningún elemento que vincula causalmente tal extremo con la conducta supuestamente reprochable atribuida al menor demandado que ni siquiera menciona en el informe".

Para Giachero, esa posición revela que la Justicia uruguaya desconoce el avance de la neurociencia, especialmente en el área del Reprocesamiento y Desensibilización por Movimientos Oculares (EMDR, por su sigla en inglés) que se especializa en localizar el daño psíquico y emocional en situaciones de abuso y en mitigar el impacto postraumático.

"Se trata de un abordaje que tiene validez científica, y ya hay investigación con imagenología que ha demostrado cambios en las estructuras del cerebro" tras experiencias de abuso, dijo Giachero, y agregó: "Es un método que permite curar a la persona para que la experiencia dañina se adapte a ella y se pueda así procesar eso vivido e integrarlo como aprendizaje".

La especialista dijo que es una técnica que no solo se emplea en el primer mundo sino que ya hay sentencias en Estados Unidos y Europa en las que se tuvieron en cuenta conclusiones de esa técnica.

"Acá se siguen basando en informes de índole psicoanalítica, y ahí sí no hay una objetividad puramente científica. Pero la neurología ha avanzado muchísimo y permite demostrar la existencia de daños en casos en los que nunca va a haber testigos, como pasa con el abuso sexual y el bullying", ejemplificó.

 

 

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