La Suprema Corte de Justicia rechazó la libertad provisional a Francisco Sanabria, procesado por lavado procesado por lavado de activos, libramiento de cheques sin fondo, falsificación ideológica y delitos continuados de apropiación indebida luego de probarse el fraude cometido en su Cambio Nelson, de Punta del Este.
Sanabria cumple prisión domiciliaria desde diciembre pero este jueves se trasladó a la cárcel de Las Rosas de Maldonado para pedir la libertad por gracia en la visita de cárceles a los ministros de la Corte. Según supo El Observador, los ministros Bernadette Minvielle y Luis Tosi le negaron la libertad aunque compartieron los argumentos planteados por la defensa.
El argumento principal fue que el nuevo Código del Proceso Penal establece que se le debe otorgar la libertad a los enjuiciados que luego de dos años no tengan acusación fiscal. Sanabria lleva 2 años, 7 meses y 24 días entre tiempo de prisión y redención de la pena por trabajo. A su vez, se argumentó que aún el viejo CPP plantea el fundamento del plazo razonable para que un procesado tenga sentencia.
Ademas se argumentó que Sanabria es el único procesado de la causa que sigue cumpliendo prisión, ya que a Nelson Calvete se le otorgó la libertad hace poco. Los ministros le respondieron que el criterio del plazo razonable está admitido en pactos internacionales y en la legislación pero quien debe resolverlo es el juez del caso, por lo que se insistirá en pedírsela al juez de Crimen Organizado, Pablo Benítez.
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