El pasado lunes el presidente Tabaré Vázquez firmó un decreto con el cual el
Ministerio de Salud Pública pretende reglamentar el derecho de las personas que tuvieron una espirometría positiva a realizarse un examen de sangre que confirme o rectifique el resultado obtenido en un inicio.
El examen está incluido desde 2008 entre las prestaciones obligatorias que los centros de salud deben ofrecerle a sus usuarios, pero el decreto establece que puede tener un costo máximo de $1.600 (sin incluir timbres ni impuestos).
Por otro lado, establece que el examen debe realizarse dentro de las dos horas siguientes a la que fue realizada la espirometría. El usuario debe presentarse ante el prestador integral del Sistema Nacional Integrado de Salud en el que se encuentra inscrito, al menos media hora antes del vencimiento del plazo.
En el caso de que una persona pretenda realizarse el examen en otro centro del que no es usuario, por estar más cerca geográficamente, el decreto indica que será "en régimen de libre contratación", por lo que el costo depende de lo que establezca la institución.
Otro de los requisitos para realizarse el examen de sangre es presentar en la institución de salud la copia del acta de control de la espirometría positiva.
Desde enero de este año las personas están inhabilitadas a conducir si tomaron alcohol. Cuando la concentración de
alcohol en sangre es mayor a 0,0 gramos por litro, la persona recibe una sanción que puede ir desde la suspensión para conducir por seis meses hasta dos años.