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Plantean cambios al nuevo proceso penal que comenzará a regir en julio

Ejecutivo enviará al Parlamento proyecto que introduce varios cambios
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27 de abril de 2017 a las 05:00
Setenta y nueve días, seguido de horas, minutos y segundos, es el tiempo que marca la página web del Poder Judicial hoy para que el nuevo Código del Proceso Penal (CPP) se ponga en funcionamiento. El reloj seguirá moviéndose hacia el 16 de julio pero, a menos de tres meses del objetivo, el Poder Ejecutivo remitirá al Poder Legislativo un proyecto de ley que plantea modificaciones al nuevo código aprobado en 2014.

Los cambios fueron propuestos por la Comisión Interinstitucional para el nuevo CPP, creada a fines de 2016 e integrada por el Ministerio del Interior, la Fiscalía General de la Nación y los poderes Judicial y Legislativo, y serán enviadas al gobierno para que lleguen en tiempo y forma al Parlamento. Los integrantes están confiados en que esas modificaciones serán llevadas adelante sin mayores problemas pero son conscientes de que "el tiempo apremia". Así lo manifestó la fiscal Patricia Marquisá, directora de la Unidad de Implementación del Sistema Penal Acusatorio de la Fiscalía, durante el seminario Los desafíos del nuevo Proceso Penal, organizado por la editorial La Ley de Thomson Reuters.

Marquisá señaló en su presentación que el proyecto será enviado al Poder Ejecutivo a fines de esta semana o, como máximo, la semana próxima, para que lo mande al Parlamento. El proyecto surgió a raíz de que una de las tareas de la comisión es "revisar algunas normas" que, a su entender, "deben mejorarse".


Dentro de las normas que deben ser modificadas, Marquisá se refirió a algunas relacionadas a la indagatoria preliminar, es decir a los pasos previos a que se llegue a un juicio. En ese aspecto, una de las modificaciones propuestas es la de los interrogatorios que la Policía está habilitada a realizar. A partir de mediados de julio, será el fiscal el encargado de las investigaciones y no el juez, como sucede actualmente. Tal como lo plantea el nuevo CPP, la Policía podrá interrogar a una persona con el único objetivo de constatar su identidad. Deberá hacerlo con autorización del fiscal que lleva adelante el caso, excepto que el interrogado haya sido detenido mientras cometía el delito que se investigará. En caso de que el indagado quiera prestar una declaración voluntaria, deberá darse cuenta de manera inmediata a la Fiscalía.

Sin embargo, la norma del nuevo código que refiere a ese punto no explicita que quien sea interrogado en una sede policial y quiera declarar de forma voluntaria tenga derecho a que esté presente su abogado, ya sea de oficio como particular.

Por ese motivo, una de las modificaciones que presentará el Poder Ejecutivo plantea que esa declaración se haga "siempre en presencia de su defensor". Eso quiere decir que sin su abogado, la declaración en la sede policial no puede ser recibida. En caso de que tenga una defensa privada y ese abogado no pueda asistir a la sede cuando se lo solicita, deberá ponerse a disposición del indagado un defensor de oficio, según dispone la modificación.

Más puntos

Otro cambio planteado refiere a la prueba que aporta una pericia. Si bien el nuevo CPP tiene como base el hecho de que las investigaciones son realizadas por los fiscales, cuando la Fiscalía considere que se debe acudir a un perito que haga un informe sobre determinado tema, tendrá que seguir pidiendo autorización al juez. Eso se explica porque la norma que refiere a ese punto deriva al Código General del Proceso, que indica que es el juez el que tiene esa potestad.

La comisión considera que eso generará una dificultad en las investigaciones y propone que se derogue el artículo que deriva al Código General del Proceso. "Al derogarse la remisión a normas del Código General del Proceso permite que los peritos no necesariamente deban ser nombrados por el juez", explicó Marquisá.

Por su parte, Graciela Gatti, ministra del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Primer Turno e integrante de la comisión, indicó que otra modificación propuesta refiere a la participación de las víctimas de los delitos en las audiencias y la posibilidad de presentar pruebas.

Gatti explicó que tal como está planteado el nuevo CPP, no hay una instancia previa a la audiencia preliminar (donde se fija formalmente el juicio) para que presente pruebas.

El proyecto de ley del Poder Ejecutivo permite una instancia anterior a la audiencia preliminar, pautada días antes del primer encuentro formal con la Justicia.

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